Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 05/03/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 7 de febrero de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada Cordel de la Telera, tramo comprendido entre el límite de términos de Piñar con Morelabor, en las proximidades de la carretera de Piñar al cruce de Moreda, hasta el entronque con el Cordel de Telera al Atascadero, en el límite de términos con Morelabor, en el término municipal de Piñar, provincia de Granada. (VP 228/01).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Cordel de la Telera¯, en el tramo antes descrito, en el término municipal de Piñar (Granada), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada «Cordel de la Telera¯, en el término municipal de Piñar, en la provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 15 de noviembre de

1969.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 9 de mayo de 2001, se acordó el inicio del deslinde parcial de la mencionada vía pecuaria.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 17 de julio de 2001, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 135, de fecha

15 de junio de 2001. En dicho acto de Deslinde no se formulan alegaciones por parte de los asistentes.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm.

284, de fecha 12 de diciembre de 2001.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe, con fecha 15 de enero de 2003.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La vía pecuaria denominada «Cordel de la Telera¯, en el término municipal de Piñar (Granada), fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 15 de noviembre de 1969, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de la Clasificación.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada con fecha 14 de agosto de 2002, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

R E S U E L V O

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Cordel de la Telera¯, tramo comprendido desde el límite de términos de Piñar con Morelabor, hasta el entronque con el Cordel de Telera al Atascadero, en el término municipal de Piñar, en la

provincia de Granada, conforme a los datos y descripción que siguen, y a tenor de las coordenadas absolutas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 289 metros.

- Anchura: 37,61 metros.

- Superficie: 1,089 Has.

Descripción: «Finca rústica, en el término municipal de Piñar (provincia de Granada), de forma alargada, con una anchura legal de 37,61 metros; la longitud deslindada es de 289 metros; la superficie deslindada de 1,089 hectáreas, que en adelante se conocerá como «Cordel de la Telera¯, que linda:

- Al Norte: con la vía pecuaria «Cordel de la Telera¯, en su recorrido entre los términos municipales de Gobernador, Piñar y Morelabor.

- Al Sur: Con la vía pecuaria «Cordel de Telera al Atascadero¯, con el cual enlaza.

- Al Este: Con fincas propiedad de don Rafael Viezma Rama; Delegación Obras Públicas y Transportes y finca propiedad de don Rafael Viezma Rama.

- Al Oeste: Con fincas propiedad de don José Torres Ferres; Delegación Obras Públicas y Transportes y finca propiedad de don Valeriano Torres Ferres.¯

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 7 de febrero de 2003.- El Secretario General Técnico, Manuel Requena García.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 7 DE FEBRERO DE 2003, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE PARCIAL DE LA VIA PECUARIA DENOMINADA «CORDEL DE LA TELERA¯, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE PIÑAR (GRANADA)

RELACION DE COORDENADAS U.T.M. DEL PROYECTO DE DESLINDE DE LA VIA PECUARIA

«CORDEL DE LA TELERA¯, T.M. PIÑAR (GRANADA)

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