Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 19/03/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 28 de enero de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza una línea aérea AT 220 kV D/C con origen en línea Cádiz-Puerto Real y final en la subestación Cartuja (Expte. DP de Cádiz AT 6121/02). (PP. 445/2003).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 15 de enero de 2003, la empresa Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A.U. (actualmente Endesa Distribución Eléctrica, S.L.), solicitó en la Delegación Provincial de Cádiz de esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico Autorización Administrativa para la instalación de una línea de A.T. 220 kV, D/C, con origen en apoyo núm. 27, de la línea A.T. 220 kV "Cádiz-Puerto Real", y final en la subestación "Cartuja".

Segundo. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización y procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica, así como el Decreto

292/1995, de 12 de diciembre, de la Junta de Andalucía, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en BOJA núm. 41, de 9 de

abril de 2002 y BOP de la provincia de Cádiz núm. 92, de 23 de abril de 2002.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, se remitieron separatas y se recabó informe a los siguientes organismos y entidades afectados:

- Ministerio de Fomento.

- Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

- Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

- Ayuntamiento de Puerto Real.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

De estos organismos y entidades, unos emitieron condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria y otros fue aceptada la propuesta del solicitante ante el silencio producido una vez reiterada la solicitud de informe y condicionado.

Cuarto. Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental favorable de fecha 20 de diciembre de 2002 emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la solicitada Autorización Administrativa de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía

6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Vistos los precedentes legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

RESUELVE

Autorizar la línea A.T. 220 kV referenciada solicitada por la entidad Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A.U. (Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.), cuyas características principales serán:

Línea A.T. 220 kV.

Origen: Apoyo núm. 27 de la línea A.T. 220 kV. "Cádiz-Puerto Real".

Final: Subestación "Cartuja".

Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera y Puerto Real.

Longitud: 13 km.

Tipo: Aérea, D/C.

Tensión: 220 kV.

Conductores: LA-455.

Cable de Tierra: OPGW-48.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Aisladores: U-120-BS.

La citada instalación no podrá construirse mientras no cuente el peticionario con la aprobación de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 180 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, debiendo tramitarse la indicada aprobación en el plazo de 2 años (artículo 128), transcurrido el cual sin haberse solicitado, se producirá la caducidad del expediente. El solicitante podrá por razones justificadas solicitar prórrogas del plazo establecido.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes contado a partir del día de notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de enero de 2003.- El Director General, Jesús Nieto González.

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