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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos los siguientes actos administrativos al alumno que a continuación se relaciona y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Modificada por Ley 4/1999 de 13 de enero. De igual forma se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Isla Cristina según documentación acreditativa que obra en el expediente. Así mismo y a tenor de lo dispuesto en el art. 60.2 de la citada Ley anterior, se procede a la publicación íntegra del acto.
Resolución de subvención de ayuda de desplazamiento.
Expte. F.P.O núm. HU-397/96.
De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Formación Profesional Ocupacional, eleva a V.I. la siguiente Propuesta de Resolución:
Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de doña M.ª José Castrejón Oviedo, para la obtención de las ayudas contempladas al amparo de la Orden de
22 de enero de 1996, de convocatoria y desarrollo de los programas de Formación Profesional Ocupacional establecidos en el Decreto 28/1995, de 21 de febrero.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º Con cargo al ejercicio de 1996, y al amparo del Decreto 28/1995, de 21 de febrero, por el que se establecen los programas de Formación Profesional Ocupacional, la Consejería de Trabajo e Industria dictó Resolución para la concesión de subvención en fecha 16.12.96 a favor de la Entidad Escuela de Turismo, con número de expediente 21-036/96JA., para la impartición de dos cursos, previa solicitud y dentro de la convocatoria efectuada por la Orden de
22 de enero de 1996.
2.º Doña M.ª José Castrejón Oviedo tras un proceso de selección de candidatos a los cursos, participó como alumna en el curso Marketing para PYMES Turística, núm. 21-1 impartido por la citada Entidad en la localidad de Huelva, dirigido a 15 alumnos desempleados.
3.º Dicha alumna presentó, en esta Delegación Provincial, solicitud para la obtención de la ayuda de desplazamiento por la sistencia al citado curso a que hace referencia el artículo 8 de la Orden mencionada, así como la documentación acreditativa por la cual reúne los requisitos necesarios para la obtención de esta ayuda.
4.º Comprobados y estudiados los documentos mencionados en el punto anterior, y existiendo la posibilidad presupuestaria para dicho concepto, se aprecia su concesión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Será competente para conocer y resolver sobre la solicitud de la ayuda a los alumnos, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en virtud de lo
establecido en el art. 8.1 de la Orden de 22 de enero
de 1996. Según lo dispuesto en el Decreto del
Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre
reestructuración de Consejerías, el art. 6 establece
que corresponden a la Consejería de Empleo y
Desarrollo Tecnológico las competencias que en la
actualidad tiene atribuidas la Consejería de Trabajo
e Industria, haciéndose extensiva dicha
reestructuración a las Delegaciones Provinciales de
la citada Consejería, de acuerdo con el Decreto
130/2000, de 9 de mayo, sobre reestructuración de las
Delegaciones Provinciales.
Segundo. A tenor de lo dispuesto en el citado
artículo 8, los alumnos podrán percibir ayudas en
concepto de desplazamiento, manutención y alojamiento
cuando las condiciones de acceso a la formación así
lo requieran, que se tramitarán a instancia del
interesado, que deberá solicitarlo en la
correspondiente Delegación Provincial de Trabajo e
Industria, estableciéndose en su apartado cuarto la
cuantificación de estas ayudas.
Vistas las actuaciones practicadas, los preceptos
legales citados y demás de general aplicación, el
Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo y Desarrollo
Tecnológico
R E S U E L V E
Primero. Aprobar la solicitud formulada por doña M.ª
José Castrejón Oviedo de ayuda en concepto de
desplazamiento, por la asistencia como alumna del
curso Marketing para PYMES Turísticas, núm. 21-1,
impartido por la Entidad Escuela de Turismo núm. de
expediente 21-036/96JA.
Segundo. Finalizado dicho curso, ordenar el pago de
dicho concepto por el importe de 36.660 ptas. 220,33
euros (treinta y seis mil seiscientas sesenta
pesetas, doscientos veinte con treinta y tres euros).
Notifíquese esta Resolución a los interesados en la
forma prevista en los arts. 58 y 59 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, con la advertencia expresa de
que contra la misma podrá interponer Recurso de
Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y
Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado
a partir de la fecha de notificación de esta
Resolución, de conformidad con lo establecido en los
arts 107, 114 y siguientes de la Ley antes citada.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto, la
misma será firme a todos los efectos.
Huelva, 3 de marzo de 2003.- El Delegado, Manuel
Alfonso Jiménez.
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