Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 21/03/2003

4. Administraci?n de justicia

Otros. JUZGADO DE LO SOCIAL Nº1 DE JEREZ DE LA FRA.

EDICTO dimanante de los autos núm. 51/2002. (PD. 869/2003).

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Procedimiento: Cantidad 51/2002 Negociado: AM.

De: Don David Rodríguez de Medina Borrego.

Contra: Gesycon 928 Construcciones S.L. y Lupaco S.L.

Don Eloy Hernández Lafuente, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Jerez.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 51/2002 a instancia de la parte actora don David Rodríguez de Medina Borrego contra Gesycon

928 Construcciones S.L. y Lupaco S.L. sobre Cantidad se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente: Fallo. "Que estimando la demanda interpuesta por David Rodríguez de Medina Borrego contra las empresas Gesycon 928 Construcciones S.L. y Lupaco S.L., debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a que abone a don David Rodríguez de Medina Borrego la cantidad de 722,64 euros, más un 10% de incremento en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes

previniéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando Letrado que habrá de interponerlo, siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquéllos al ser notificado. La empresa para poder recurrir deberá acreditar haber consignado el importe de la cantidad a que ha sido condenada a abonar en la cuenta este Juzgado abierta en el BBVA, denominada Depósitos y Consignaciones con núm. 1255 0000 65 0051/02, pudiendo sustituirse el aseguramiento mediante aval bancario con

responsabilidad solidaria del avalista y asimismo, al interponer el recurso, deberá presentar resguardo de ingreso de depósito de 150,25 euros en la mencionada cuenta.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Gesycon

928 Construcciones S.L. y Lupaco S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jerez de la Frontera, diez de marzo de dos mil tres.- El/La Secretario/a Judicial.

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