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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos los siguientes actos administrativos al alumno que a continuación se relaciona y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999 de 13 de enero. De igual forma se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Beas (Huelva) según documentación acreditativa que obra en el expediente. Así mismo y a tenor de lo dispuesto en el art. 60.2 de la citada Ley anterior, se procede a la publicación íntegra del acto.
Resolución de subvención de ayuda de desplazamiento.
Expte. F.P.O núm. HU-1427/99.
De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Formación Profesional Ocupacional, eleva a V.I la siguiente Propuesta de Resolución:
Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de don Michel MBodj Prieto, para la obtención de las ayudas contempladas al amparo de la Orden de 17 de marzo de 1998, de convocatoria y desarrollo de los programas de Formación Profesional Ocupacional establecidos en el Decreto 204/1997, de 3 de septiembre.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º Con cargo al ejercicio de 1999, y al amparo del Decreto 204/1997, de 3 de septiembre, por el que se establecen los programas de Formación Profesional Ocupacional, la Con
sejería de Trabajo e Industria dictó Resolución para la concesión de subvención en favor de la Entidad Didsa, C.B., con número de expediente 21-8/99, para la impartición de cursos, previa solicitud y dentro de la convocatoria efectuada por la Orden de 17 de marzo de 1998.
2.º Don Michel MBodj Prieto tras un proceso de selección de candidatos a los cursos, participó como alumno en el curso Vigilante de Seguridad, núm. 21-1 impartido por la citada Entidad en la localidad de Huelva, dirigido a 15 alumnos desempleados.
3.º Dicho alumno presentó, en esta Delegación Provincial, solicitud para la obtención de la ayuda de desplazamiento por la asistencia al citado curso a que hace referencia el artículo 10 de la Orden mencionada, así como la documentación acreditativa por el cual reúne los requisitos necesarios para la obtención de esta ayuda.
4.º Comprobados y estudiados los documentos mencionados en el punto anterior, y existiendo la posibilidad presupuestaria para dicho concepto, se aprecia su concesión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Será competente para conocer y resolver sobre la solicitud de la ayuda a los alumnos, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en virtud de lo establecido en el art. 10.1 de la Orden de 17 de marzo de 1998. Según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre
reestructuración de Consejerías, el art. 6 establece
que corresponden a la Consejería de Empleo y
Desarrollo Tecnológico las competencias que en la
actualidad tiene atribuidas la Consejería de Trabajo
e Industria, haciéndose extensiva dicha
reestructuración a las Delegaciones Provinciales de
la citada Consejería, de acuerdo con el Decreto
130/2000, de 9 de mayo, sobre reestructuración de las
Delegaciones Provinciales.
Segundo. A tenor de lo dispuesto en el citado
artículo 10, los alumnos podrán percibir ayudas en
concepto de desplazamiento, manutención y alojamiento
cuando las condiciones de acceso a la formación así
lo requieran, que se tramitarán a instancia del
interesado, que deberá solicitarlo en la
correspondiente Delegación Provincial de Trabajo e
Industria, estableciéndose en los apartados segundo y
tercero la cuantificación de estas ayudas.
Vistas las actuaciones practicadas, los preceptos
legales citados y demás de general aplicación, el
Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo y Desarrollo
Tecnológico
R E S U E L V E
Primero. Aprobar la solicitud formulada por don
Michel MBodj Prieto de ayuda en concepto de
desplazamiento, por la asistencia como alumno del
curso Vigilante de Seguridad, núm. 21-1, impartido
por la Entidad Didsa, C.B., núm. de expediente 21-
8/99.
Segundo. Finalizado dicho curso, ordenar el pago de
dicho concepto por el importe de 210,60 euros
(doscientos diez con sesenta euros).
Notifíquese esta Resolución a los interesados en la
forma prevista en los arts. 58 y 59 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, con la advertencia expresa de
que contra la misma podrá interponer Recurso de
Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y
Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado
a partir de la fecha de notificación de esta
Resolución, de conformidad con lo establecido en los
arts. 107, 114 y siguientes de la Ley antes citada.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto, la
misma será firme a todos los efectos.
Huelva, 26 de febrero de 2003.- El Delegado, Manuel
Alfonso Jiménez.
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