Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 03/04/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 77/2003, de 18 de marzo, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Bujalance (Córdoba), del inmueble sito en el número 13 de la calle San Juan de la citada localidad, con destino a Centro de Atención Socioeducativa (Guardería Infantil) y se adscribe a la Consejería de Asuntos Sociales.

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Por el Ayuntamiento de Bujalance (Córdoba) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía el inmueble ubicado en la calle San Juan número 13 de dicho municipio, con destino a Centro de Atención Socioeducativa (Guardería Infantil). Por la Consejería de Asuntos Sociales se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación destinada a la asistencia de la población infantil local.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 18 de marzo de 2003,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Bujalance (Córdoba) de la siguiente finca: Casa marcada con el número 13 de la calle San Juan en Bujalance, que linda: Frente, al Sur, calle San Juan; derecha entrando, casa de Manuel Lobato, molino y corralón; izquierda, otra de Salvador Coca Morán, y fondo, resto de la finca matriz y calle Montoros. Tiene una superficie de 1.395 m. Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Bujalance, a favor del Ayuntamiento de dicha localidad, al folio 97 del tomo

533, libro 262, finca número 10.024.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la finca donada, que se adscribe a la Consejería de Asuntos Sociales con destino a Centro de Atención Socioeducativa (Guardería Infantil). Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 18 de marzo de 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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