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El presente Decreto tiene por objeto la creación de sendos puestos de coordinador, dependientes del Viceconsejero y del Secretario General Técnico. El primero de ellos obedece a razones de oportunidad y conveniencia en orden a la potenciación de las competencias de la Viceconsejería en el ámbito de sus funciones de carácter interno y de relaciones externas, recogidas en el Decreto 445/1996, de 24 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Por otra parte el Decreto 166/2002, de 4 de junio, por el que se modifica el citado Decreto, crea la Oficina de Coordinación y Seguimiento Presupuestario en la Secretaría General Técnica, para el desarrollo de las funciones de coordinación general del análisis, control y seguimiento del Presupuesto de la Consejería y de su ejecución, así como la gestión y seguimiento de los fondos comunitarios adscritos a la misma.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.
En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de noviembre de
2002
D I S P O N G O
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
La relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, queda modificada parcialmente en los términos expresados en el anexo del presente Decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de noviembre de 2002
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Justicia y
Administración Pública
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