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NIG: 2906742C20000003127.
Procedimiento: Menor cuantía 661/2000. Negociado: De: Banco Español de Crédito, S.A. (Banesto).
Procurador: Sr. Carlos López Armada.
Contra: Don Fernando Hinojosa Moya.
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento menor cuantía 661/2000 seguido en el Juzg. de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Banco Español de Crédito, S.A. (Banesto) contra Fernando Hinojosa Moya sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Málaga, a veintisiete de marzo de dos mil uno.
Don José Aurelio Pares Madroñal, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Declarativo de menor cuantía seguidos ante este Juzgado con el número 661/2000, entre partes, de una como demandante la entidad Banco Español de Crédito, S.A. (Banesto), representada por el Procurador don Carlos López Armada y asistida de la Letrada doña Rocío Martín Delgado, y de otra como demandado don Fernando Hinojosa Moya, declarado en rebeldía.
FALLO
Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. López Armada, en nombre y representación de Banco Español de Crédito S.A. contra don Fernando Hinojosa Moya, se condena a éste al Pago a la actora de la suma de 2.912.193 ptas., más los intereses al tipo pactado del 3% anual desde el 3 de noviembre de 2000, imponiéndole igualmente la obligación de abonar las costas causadas.
Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que deberá ser preparado en el plazo de 5 días hábiles y en la forma prevenida en los artículos 457 y ss. de la vigente Ley, aplicable en lo relativo a la apelación (Disposición Transitoria 2.ª).
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Fernando Hinojosa Moya, extiendo y firmo la presente en Málaga a once de abril de dos mil tres.- La Secretaria.
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