Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 09/05/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR.Nº3 DE SANLUCAR LA MAYOR

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 84/02. (PD. 1678/2003).

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NIG: 4108741C20023000099.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 84/2002. Negociado: C2.

Sobre: J. Ordinario (Desah.) núm. 84/02.

De: Don Francisco Cano Ramos.

Procurador: Sr. Arredondo Prieto, José Luis.

Contra: Don Manuel Varilla Sánchez.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 84/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sanlúcar la Mayor a instancia de Francisco Cano Ramos contra Manuel Varilla Sánchez sobre J. Ordinario (Desah.) núm. 84/02, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Sanlúcar la Mayor, a catorce de marzo de dos mil tres.

Doña M.ª Teresa Meana Cubero, Juez del Juzgado de Instrucción número Tres de los de Sanlúcar la Mayor y su Partido, pronuncia en nombre de S.M. el Rey la siguiente

S E N T E N C I A

Vistos los presentes autos de Juicio Ordinario de Desahucio por falta de pago de la renta y reclamación de rentas debidas, seguidos ante este Juzgado con el número 84/02, a instancia de don Francisco Cano Ramos, representado por el Procurador Sr. don José Luis Arredondo Prieto y asistido del Letrado Sr. don Manuel Calado López, contra don Manuel Varilla Sánchez, de acuerdo con los siguientes

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de don Francisco Cano Ramos contra Manuel Varilla Sánchez, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento verbal concertado por las partes en febrero de 1996 sobre la finca sita en Bollullos de la Mitación (Sevilla), calle Severo Ochoa núm. 3, condenando al demandado Manuel Varilla Sánchez a estar y pasar por esta declaración, y a que la desaloje a la libre disposición del actor, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciera en plazo legal, con imposición de las costas del procedimiento.

Que debo condenar y condeno a Manuel Varilla Sánchez a abonar al actor la cantidad de 4.037,32 euros en concepto de rentas debidas y no satisfechas y gastos adeudados, más el interés legal de dicha cantidad incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución, con expresa imposición de las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes, contra la que podrán interponer recurso de apelación, a preparar en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación ante este Juzgado.

Quede testimonio de la presente en los autos de su razón y archívese la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi Sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Manuel Varilla Sánchez, extiendo y firmo la presente en Sanlúcar la Mayor, a catorce de marzo de dos mil tres.- El/La Secretario.

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