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NIG: 4109100C20030000188.
Procedimiento: J. Verbal (N) 13/2003. Negociado: A.
Sobre: Juicio de Desahucio-Resolución de contrato. De: Don Alfonso Díaz Tamargo.
Procuradora: Sra. Isabela Blanco Toajas205.
Letrado: Sr. Sánchez López, Fermín.
Contra: Don Juan Calero Garrido.
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento J. Verbal (N) 13/2003-A seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla a instancia de Alfonso Díaz Tamargo contra Juan Calero Garrido sobre Juicio de Desahucio-Resolución de Contrato, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM.
En Sevilla, a trece de marzo de dos mil tres.
El Sr. don Rafael Ceres García, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de J. Verbal (N) 13/2003-A seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Alfonso Díaz Tamargo con Procuradora doña Isabela Blanco Toajas y Letrado don Sánchez López, Fermín; y de otra como demandado don Juan Calero Garrido, sobre Juicio de Desahucio-Resolución de Contrato, y,
FALLO
Que estimando la pretensión contenida en la demanda deducida por la Procuradora Sra. Isabela Blanco Toajas en nombre y representación de don Alfonso Díaz Tamargo, declaro resuelto el contrato de arrendamiento urbano a que la misma se refiere, constituido con el demandado don Juan Calero Garrido, declarando haber lugar el desahucio solicitado, condenado al demandado a que dentro del término legal desaloje y deje totalmente vacua y expedita, libre de enseres y moradores y a la entera disposición de la parte actora, la vivienda sita en Sevilla, calle Antonio Gala núm.-Pita 4.º, pta. B, apercibiéndole de lanzamiento si no lo verificare dentro del susodicho plazo, e imponiendo expresamente al demandado el pago de las costas causadas en el presente procedimiento. Contra esta Resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo.2 LEC).
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Juan Calero Garrido, expido y firmo la presente en Sevilla, a trece de marzo de dos mil tres.- La Secretaria.
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