Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 16/01/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 26 de diciembre de 2003, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales, clubes deportivos y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro para la organización de actividades de deporte para todos y de competiciones deportivas oficiales que no excedan del ámbito estatal, así como para la participación de los clubes deportivos en campeonatos oficiales de cualquier ámbito, para el año 2004.

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La Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 17 de enero de 2003 (BOJA núm. 27, de 10 de febrero) establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, clubes deportivos y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, para la organización de actividades de deporte para todos y de competiciones deportivas oficiales que no excedan del ámbito estatal, y para la participación de los clubes deportivos en campeonatos oficiales de cualquier ámbito, con sujeción y cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos, y su régimen jurídico (BOJA núm.

136, de 24 de noviembre), así como de conformidad con lo establecido en los Decretos 6/2000, de 28 de abril, y 181/1996, de 14 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías y sobre estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, respectivamente.

En la Disposición Adicional Primera de la mencionada Orden de

17 de enero de 2003, se delega en los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte la competencia para efectuar las convocatorias anuales de las subvenciones reguladas en la misma.

Mediante la presente Resolución se procede a la convocatoria de las mencionadas ayudas para el ejercicio 2004, en el ámbito territorial de actuación de esta Delegación Provincial, y de conformidad con las normas reguladoras de las mismas, contenidas en la Orden de 17 de enero de 2003.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por la Disposición Adicional Primera de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 17 de enero de 2003,

R E S U E L V O

Primero. Convocar la concesión de subvenciones a Entidades Locales y sus Organismos Autónomos, clubes deportivos y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro, para la colaboración en la financiación de la organización de actividades de deporte para todos y de competiciones deportivas oficiales que no excedan del ámbito estatal y para la participación de los clubes deportivos en competiciones oficiales de cualquier ámbito, a realizar en el año 2004.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 17 de enero de 2003, quedan excluidas de la presente convocatoria las ayudas y subvenciones para actividades deportivas cuyo destino o peticionario sean de los reseñados en el artículo 4.º de dicha Orden.

Tercero. El plazo de presentación de solicitudes, según el modelo que figura como Anexo I de la Orden de 17 de enero de

2003, será de un mes a contar desde la entrada en vigor de la presente Resolución.

Cuarto. En lo referente al procedimiento, documentación y criterios para la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden de 17 de enero de 2003.

Quinto. Los solicitantes de subvenciones deberán aportar declaración responsable de que sobre la entidad que representa no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o, en su caso, acreditar su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.

Sexto. No podrá proponerse el pago de subvenciones o ayudas a beneficiarios que no hayan justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad, con cargo al mismo programa presupuestario, por la Administración Autonómica y sus Organismos Autónomos.

Séptimo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Jaén, 26 de diciembre de 2003.- La Delegada, María del Rosario Morales de Coca.

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