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Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Málaga, se ha interpuesto por Club Océano Torrenueva, recurso contencioso-administrativo núm. 269/04, contra la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente, de fecha 5 de septiembre de 2000, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, de fecha 23 de junio de 1999, recaída en el expediente AU-9908, por la que se acuerda no autorizar el uso de zona de servidumbre de protección para reformado del Club Océano, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso- administrativo núm. 269/04.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados a cuyo favor hubieren derivado o derivaren derechos por la Resolución impugnada para que comparezcan y se personen en autos ante el referido Juzgado, en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 31 de mayo de 2004.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.
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