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Por Orden de 19 de febrero de 2004, de la Consejería de la Presidencia, se convoca a las universidades andaluzas interesadas en solicitar subvenciones para la realización de proyectos de cooperación internacional en el ámbito universitario.
Así pues, de conformidad con lo establecido en los artículos
59.6.b) y 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en los apartados y 3 del artículo 7 de la Orden reguladora, esta Dirección General ha resuelto notificar, por medio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y su exposición en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales de la Consejería de la Presidencia, así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales del Gobierno de la Junta de Andalucía, el requerimiento de subsanación de defectos o acompañamiento de documentos preceptivos por parte de las universidades relacionadas.
La subsanación o acompañamiento de documentos deberá hacerse en el plazo de 10 días a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA. Si así no lo hiciera, se tendrá a la Universidad por desistida de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada y notificada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 23 de junio de 2004.- El Director, Joaquín Rivas Rubiales.
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