Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 08/07/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 4 DE JAEN

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 97/2004. (PD. 2265/2004).

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NIG: 2305042C20040000823.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 97/2004. Negociado: ra.

Sobre: Verbal deshaucio por falta de pago y reclamación de cantidad.

De: D/ña. Dámaso González Noguera y Ofelia Martínez Serrano.

Procuradora: Sra. María Teresa Cátedra Fernández.

Letrado: Sr. Miguel Vic Aménez.

Contra: Don Felipe Marcos Moreno.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 97/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Jaén a instancia de Dámaso González Noguera y Ofelia Martínez Serrano contra Felipe Marcos Moreno sobre Verbal deshaucio por falta de pago y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

" SENTENCIA NUM. 40/04

En Jaén a dieciséis de marzo de dos mil cuatro.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 97/04, de procedimiento de desahucio por don Luis Shaw Morcillo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Jaén y su partido; seguidos a instancia de don Dámaso González Noguera y doña Ofelia Martínez Serrano, representados por la Procuradora doña Teresa Cátedra Fernández, y asistidos por el Letrado Sr. Vic Jiménez; contra don Felipe Martos Moreno, en situación procesal de rebeldía.

F A L L O

Que estimando la demanda presentada en representación de don Dámaso González Noguera y doña Ofelia Martínez Serrano contra don Felipe Martos Moreno debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre las partes respecto del inmueble sito en la calle Escorial núm.-1 derecha de esta ciudad debiendo el demandado desalojar dicho inmueble, bajo apercibimiento de lanzamiento, así como condenarle a abonar al actor la cantidad de 3.089,68 euros, más las cantidades que se devenguen hasta ejecución de sentencia; todo ello con expresa imposición de las costas al demandado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución, cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Jaén, preparándose ante este Juzgado en el plazo de cinco días, debiendo previamente haber acreditado por escrito tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas.

Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Felipe Marcos Moreno, extiendo y firmo la presente que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y Boletín Oficial de la Junta Andalucía, en Jaén a veintisiete de mayo de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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