Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 26/07/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

DECRETO 455/2004, de 13 de julio, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Sevilla, de una parcela sita en la UA-NO-NUEVE del PGOU de la citada localidad, con destino a Centro de Salud, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Sevilla fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía la parcela "S" de la UA-NO-NUEVE ("El Fontanal") del PGOU de dicho municipio, ubicada en la Carretera de Carmona, con destino a Centro de Salud. Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar los servicios de asistencia sanitaria que se prestan a la población de la barriada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economia y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 13 de julio de 2004,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Sevilla de la siguiente finca: Parcela urbana denominada "S" en la Unidad de Actuación UA-NO- NUEVE del PGOU de Sevilla, en el paraje "El Fontanal", con superficie de 2.949,71 m2. Linda: Norte, Carretera de Carmona; Oeste, calle San Juan Bosco; Sur, parcela E-1, y Este, prolongación de la calle Pinzones.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 11 de Sevilla, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de dicha capital, al folio 213 del tomo 2975, libro 389, finca núm.

18099.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud con destino a Centro de Salud.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 13 de julio de 2004

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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