Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 29/07/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 13 de julio de 2004, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo y Bandera del municipio de Bormujos.

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto el municipio de Bormujos (Sevilla) ha realizado los trámites tendentes a la modificación de su Escudo y adopción de la Bandera municipal.

Emitido el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la citada Ley 6/2003, el Pleno del Ayuntamiento aprobó en sesión extraordinaria de fecha 19 de mayo de 2004, por mayoría absoluta del número legal de miembros, la modificación del Escudo y adopción de la Bandera municipal, con la siguiente descripción:

Escudo: De sinople de plata con hojas y tronco sombreado de sable, acompañado a la diestra del báculo en banda de oro resaltado de mitra de lo mismo, y a la siniestra de dos espadas desnudas y altas cruzadas en aspa, también de oro. Al timbre, corona real cerrada.

Bandera: Rectangular de proporciones 11x18, compuesta por un tejido verde olivo cargado de una cruz cuartelada primero y cuarto de blanco y segundo y tercero de amarillo limón, resaltada del escudo municipal.

Mediante escrito de fecha 21 de mayo de 2004, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de los mencionados símbolos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre,

R E S U E L V E

Admitir la inscripción del Escudo y Bandera del municipio de Bormujos (Sevilla), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal y gráfica que acompaña a la solicitud del Registro.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de julio de 2004.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.

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