Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 29/07/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 5 de julio de 2004, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hace público Acuerdo de 20 de junio de 2004 de la Sección de Personal y Administración por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas en los puestos de trabajo relacionados en el Anexo.

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Dentro de las funciones asignadas a la Sección de Personal y Administración, encardinada en la Secretaría General de esta Delegación Provincial, se encuentra la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos, realizada mediante cotejo con el original, por ser el responsable del Registro General de Documentos, de conformidad con lo establecido en el art. 23 del Decreto 204/95, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos.

El transcurrir del tiempo y la incorporación del Servicio de Comercio por la nueva reestructuración de Consejerías, necesidades de carácter técnico-organizativas unidas a la conveniencia de agilizar los procedimientos y a descongestionar esta Sección unipersonal, especialmente cuando se produce la masiva recepción de documentación, aconsejan delegar la compulsa de documentos al amparo de lo establecido en el art. 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del art. de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma; en consecuencia, la Sección de Personal y Administración ha acordado y esta Delegación Provincial R E S U E L V E

Primero. Hacer público el Acuerdo de 20 de junio de 2004 de la Sección de Personal y Administración, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo a los puestos de trabajo relacionados en el Anexo.

Segundo. La delegación de competencias contenida en la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. Quedan expresamente derogadas las anteriores Resoluciones de delegación (Resolución de 7 de abril de 1999, BOJA núm. 49 de 27 de abril; y de 8 de agosto de 2000, BOJA núm. 103, de 7 de agosto).

Quinto. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Cádiz, 5 de julio de 2004.- El Delegado, Domingo Sánchez Rizo.

ANEXO QUE SE CITA

1594710Ng. Registro y Régimen Interior.

1591610Sc. de Gestión Económica.

459310Sc. de Empresas y Registros Turísticos.

455510Un. Información y Promoción Turística.

457610Ng. de Registro de Turismo.

1478610Sc. Actividades y Promoción Deportiva.

2761210Ng. de Gestión.

459110Dpto. de Comercio.

8142610Sc. de Inspección y Sanciones.

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