Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Decreto 236/2001, de 23 de octubre, establece una línea de ayudas para favorecer el ahorro de agua mediante la modernización y mejora de los regadíos de Andalucía.
En el año 2003, la Comunidad de Regantes del Canal de la Margen Izquierda del Río Bembézar ha presentado una solicitud de subvención para un proyecto de modernización y mejora de las instalaciones de riego de la Zona Regable del Canal de la Margen Izquierda del Río Bembézar, que afecta una superficie de 3.775 hectáreas y supone un ahorro de agua de 13.192.890 m/año.
Una vez examinado el proyecto e informada la solicitud de ayuda, en cuanto a su adecuación y cumplimiento de los requisitos exigidos establecidos en el citado Decreto 236/2001 y en la Orden de 18 de enero de 2002, por el Servicio de Regadíos e Infraestructuras de la Dirección General de Regadíos y Estructuras y por la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Agricultura y Pesca, el Instituto Andaluz de Reforma Agraria pretende conceder una subvención a la Comunidad de Regantes del Canal de la Margen Izquierda del Río Bembézar de diez millones cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y dos euros (10.441.672,00 E).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 104 de la Ley
5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a 3.005.060,52 E.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2004, se adopta el siguiente ACUERDO
1. Autorizar a la Consejería de Agricultura y Pesca a conceder una subvención por importe de diez millones cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y dos euros (10.441.672,00 E) a la Comunidad de Regantes del Canal de la Margen Izquierda del Río Bembézar, en los tt.mm. de Hornachuelos, Posadas, Fuente Palmera y Palma del Río (Córdoba), para favorecer el ahorro de agua y la modernización y mejora de sus regadíos en los Sectores I, II y XII, mediante la ejecución, entre otras, de obras de adecuación del canal principal, estación de bombeo, contador general electromagnético, red principal de tuberías, filtrado e instalaciones de control y medición de consumo de agua.
2. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba el correspondiente gasto.
Sevilla, 27 de julio de 2004
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ISAIAS PEREZ SALDAÑA
Consejero de Agricultura y Pesca
Descargar PDF