Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 161 de 18/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 11 de marzo de 2004, de la Delegación Provincial de Córdoba, sobre expediente de innovación de las NN.SS. de Planeamiento de Montemayor.

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Normas urbanísticas de la Innovación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, relativas al cambio de calificación de parte del suelo no urbanizable de Especial Protección Agrícola al de Sistema General en Suelo No Urbanizable, para la construcción de una planta de gestión integral de residuos sólidos, en el municipio de Montemayor (Expediente P-83/03), aprobadas definitivamente con suspensiones por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 11 de marzo de

2004.

EXPEDIENTE DE INNOVACION DE LA NN.SS. DE PLANEAMIENTO DE MONTEMAYOR, PLANTA DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS. PUBLICACION DE NORMAS URBANISTICAS

a) Modificación de la Normativa Urbanística.

d.1) Contenido de la Modificación.

La presente Modificación Puntual afecta a los artículos en los cuales se hace referencia a los Sistemas Generales.

d.2) Normativa modificada.

Artículo 17. Sistemas Generales.

Las presentes Normas Subsidiarias señalan el suelo adscrito a los siguientes Sistemas Generales:

1. Sistema General de Comunicaciones, compuesto por la Red de Carreteras y Sistema Ferroviario.

2. Sistema General de Areas Libres, compuesto por la Red de Cañadas y Vías Pecuarias, las áreas libres de dominio público que conforman el cauce y márgenes de los ríos y arroyos y el Parque Urbano.

3. Sistema General de Equipamientos Públicos, compuesto por el Polideportivo Municipal, Campos de Fútbol, los Centros Docentes, Asistenciales y Sanitarios, Ayuntamiento, Centros Culturales y Templos.

4. Sistema General de Unidades de Servicios, compuesto por el Cementerio, Mercado, Matadero y Cuartel de la Guardia Civil.

5. Sistema General de Redes de Servicio, compuesto por la red y los depósitos reguladores de abastecimiento de agua, la red eléctrica y sus transformadores, la red de telefonía y sus instalaciones, depuradoras, Planta de Gestión de Residuos y Restos de Obra y Canales de Riego.

Artículo 22. Sistema General de Redes de Servicio: Regulación.

1. Canales. Se regirán por su legislación específica, Ley

29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (BOE núm. 189, de 8 de agosto de 1985) y Normativa que la desarrolla referente a Confederaciones Hidrográficas: Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica y Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, que determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas.

2. Depósitos Reguladores de Abastecimiento de Agua, Redes, Transformadores Eléctricos, Depuradoras y Planta de Gestión de Residuos. Condiciones de uso y edificación. Sólo se admitirán los usos directamente vinculados con el servicio de que se trata. Las condiciones de edificación se regularán de acuerdo con la legislación técnica sobre la materia. Los acabados y las áreas no ocupadas por la edificación o instalaciones, recibirán el tratamiento adecuado para que resulte una propuesta integrada en el paisaje del entorno.

Córdoba, 11 de marzo de 2004.- El Delegado, Francisco García Delgado.