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La reestructuración de Consejerías establecida por el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, así como la nueva estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte aprobada por el Decreto 240/2004, de 18 de mayo, determinan la necesidad de modificar los estatutos de las empresas públicas Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A. y Deporte Andaluz, S.A., para adaptar la composición de sus Consejos de Administración, a la nueva organización administrativa y al objeto social de las referidas empresas.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo.14 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de septiembre de 2004,
A C U E R D A
Primero. Modificar el apartado primero del artículo 21 de los estatutos de la empresa pública Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A., que pasará a tener la siguiente redacción:
"La administración y representación de la Sociedad corresponde al Consejo de Administración, actuando colegiadamente e integrado por:
- El Viceconsejero de Turismo, Comercio y Deporte, que ostentará su presidencia.
- El Secretario General Técnico de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- La Directora General de Comercio de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- Un representante de la Consejería de la Presidencia.
- Un representante de la Consejería de Economía y Hacienda.
- Un representante de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
- Un representante de la Consejería de Agricultura y Pesca.
- Un consejero designado por el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- El Consejero-Delegado de la Empresa Pública Turismo Andaluz, S.A.
- Dos representantes de las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía.
Los representantes de las Consejerías deberán tener, al menos, rango de Director General, y serán propuestos por los titulares de las mismas.
Segundo. Modificar el artículo 14 de los estatutos de la empresa pública "Deporte Andaluz, S.A.", que pasará a tener la siguiente redacción:
"1. La administración y representación de la Sociedad corresponde al Consejo de Administración, actuando colegiadamente e integrado por:
- El Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, que ostentará su presidencia.
- El Viceconsejero de Turismo, Comercio y Deporte, que
ostentará su vicepresidencia.
- El Secretario General para el Deporte de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- El Secretario General Técnico de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- El Director General de Actividades y Promoción Deportiva de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- El Director General de Tecnología e Infraestructuras
Deportivas de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- Un representante de la Consejería de Gobernación.
- Un representante de la Consejería de Economía y Hacienda.
- El Consejero Delegado de la Empresa Pública Turismo Andaluz, S.A.
2. Los representantes de las Consejerías citadas en el
apartado anterior deberán tener, al menos, rango de Director General, y serán propuestos por los titulares de las mismas."
Tercero. Dejar sin efecto el Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se designan los
representantes de la Administración de la Junta de Andalucía en el Consejo de Administración de la Empresa Pública Deporte Andaluz, S.A.
Sevilla, 1 de septiembre de 2004
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
PAULINO PLATA CANOVAS
Consejero de Turismo, Comercio y Deporte
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