Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 20/9/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 25 de agosto de 2004, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística, por la que se adjudican las becas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, convocadas por Resolución que se cita.

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Al amparo de la Orden de 29 de mayo de 2001 y mediante Resolución de 9 de febrero de 2004, se convocaron 4 becas para la realización de tesis doctorales que versasen sobre temas turísticos.

Reunida la Comisión de selección prevista en la Orden citada, el día 1 de julio de 2004, se procedió a evaluar y a relacionar por orden de puntuación los expedientes personales de los solicitantes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 7 de la Orden mencionada.

Por todo ello, a propuesta de la Comisión de selección, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 9.2 de la Orden de 29 de mayo de 2001,

HE RESUELTO

Primero. Adjudicar cuatro becas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, con la dotación que igualmente se indica y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.01.00.481.01.75B.5 a los siguientes adjudicatarios:

- Don Enrique Luis Santos Pavón con DNI núm..488.581-E, con una dotación de 5.100,00 euros.

- Doña M.ª del Pilar Giráldez Puig con DNI núm. 28.480.287-P, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Doña Ana Belén Tineo Esteban con DNI núm. 77.454.559-N, con una dotación de 12.020,24 euros.

- Don Francisco Porras Lima con DNI núm. 31.870.375-B, con una dotación de 12.000,00 euros.

Designar como suplente únicamente a doña Cristina Ceballos Hernández con DNI núm. 28.623.164-D debido a la inexistencia de más candidatos que cumplieran los requisitos.

El abono de la beca se realizará en tres pagos. El primer pago correspondiente al 40% del total de la beca, se realizará tras la aceptación de la beca por el beneficiario. El segundo pago correspondiente al 35% del importe total, se ordenará a los seis meses de la aceptación, previa presentación de una memoria de actividades realizadas hasta la fecha, con el visto bueno del Director de la tesis. El tercer y último pago, correspondiente al 25% restante, se ordenará a la finalización de la tesis, y tras la acreditación de su presentación en el Registro General de la Universidad correspondiente, tras la conformidad de la dirección facultativa, una vez entregado el trabajo en lengua castellana, y soporte de papel e informático a la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y presentada la documentación justificativa de los gastos.

Serán obligaciones de los becarios además de las establecidas en el artículo 105 de la Ley 5/1983 de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las siguientes:

a) El compromiso de realizar los trabajos de investigación establecidos en el programa avalado por el Director de la tesis.

b) Dar cuenta por escrito de la marcha de su trabajo, trimestralmente al director facultativo nombrado por la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística. Una vez finalizada la tesis, en un plazo máximo de tres meses, los becarios presentarán la documentación a que se refiere el artículo 5 de la citada Orden de 29 de mayo de

2001, y correspondiente al tercer y último pago de la beca.

c) Los beneficiarios deberán facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía, y la Intervención General de la Junta de

Andalucía.

Segundo. Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso- administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo

46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de agosto de 2004.- La Directora General,

Francisca Montiel Torres.

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