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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Macarena Fernández Sibaja, en su calidad de Administradora única de la Sociedad "Escuela Infantil Mamá Oca, S.L.", nueva entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil "Mamá Oca", con domicilio en C/ Pepita Durán, núm. 7, de Málaga, en solicitud de cambio de titularidad de doña Macarena Fernández Sibaja a favor de la Sociedad "Escuela Infantil Mamá Oca, S.L.".
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de Málaga.
Resultando que el Centro con código 29002460, tiene autorización definitiva para 3 unidades de Educación Infantil de primer ciclo para 41 puestos escolares y 3 unidades de Educación Infantil de segundo ciclo para 57 puestos escolares por Orden de 16 de febrero de 2004 (BOJA del 16 de marzo).
Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece, debidamente acreditada, la titularidad del Centro "Mamá Oca", a favor de doña Macarena Fernández Sibaja.
Resultando que doña Macarena Fernández Sibaja, mediante escritura de cesión otorgada ante el Notario de Granada, don Miguel Olmedo Martínez, cede la titularidad del referido Centro a favor de la Sociedad "Escuela Infantil Mamá Oca, S.L.", quedando representada por doña Macarena Fernández Sibaja, que la acepta.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de
3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE del 24 de diciembre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE del 26 de junio); el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general (BOE del 10 de diciembre); el Real Decreto
827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE del 28 de junio); el Decreto
109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio).
Considerando que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, la solicitud de la autorización para el cambio de titularidad en el centro de Educación Infantil de primer y segundo ciclo, a la que se refiere la presente Orden, debe entenderse para educación preescolar y educación infantil, respectivamente.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
Esta Consejería de Educación ha dispuesto:
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los Centros Privados "Mamá Oca", que en lo sucesivo la ostentará la sociedad "Escuela Infantil Mamá Oca, S.L.", que como cesionaria queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan a los Centros, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los Centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquellas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:
Denominación genérica: Centro de Educación Preescolar.
Denominación específica: Mamá Oca.
Código de Centro: 29002460.
Domicilio: C/ Pepita Durán, núm. 7.
Localidad: Málaga.
Municipio: Málaga.
Provincia: Málaga.
Titular: Escuela Infantil Mamá Oca, S.L.
Composición resultante: 3 unidades de Educación Preescolar para
41 puestos escolares.
Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.
Denominación específica: Mamá Oca.
Código de Centro: 29002460.
Domicilio: C/ Pepita Durán, núm. 7.
Localidad: Málaga.
Municipio: Málaga.
Provincia: Málaga.
Titular: Escuela Infantil Mamá Oca, S.L.
Composición resultante: 3 unidades de Educación Infantil para 57 puestos escolares.
Transitoriamente y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes a la Educación Preescolar y Educación Infantil, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva
ordenación del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica
10/2002, de 23 de diciembre, los centros podrán impartir en las unidades autorizadas, las enseñanzas correspondientes al primer y segundo ciclo de la educación infantil, establecida en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.
El cambio de titularidad no afectará al régimen de
funcionamiento de los Centros.
Segundo. Dichos Centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Tercero. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-
administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de septiembre de 2004
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación
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