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Vista la propuesta formulada por la Agrupación de Municipios de Capileira, Bubión y Pampaneira (Granada), a favor de doña María del Carmen Moreno Martínez para que se efectúe nombramiento a su favor como funcionaria interina para el desempeño del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, así como la conformidad de esta Agrupación manifestada mediante Decretos de Alcaldía de los Ayuntamientos de Capileira, Bubión y Pampaneira (Granada), todos de fecha 6 de octubre de 2004, y habiendo quedado acreditado que se han observado los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con lo establecido en el artículo
34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley
22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo
12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General,
HA RESUELTO
Primero. Nombrar a doña María del Carmen Moreno Martínez, con DNI 34.853.872, como funcionaria interina para el desempeño del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Agrupación de Municipios de Capileira, Bubión y Pampaneira (Granada). El presente nombramiento de funcionaria interina se autoriza hasta la cobertura del puesto de Secretaría- Intervención de esta Agrupación por los procedimientos ordinarios de provisión de carácter definitivo o hasta la designación de funcionario con habilitación de carácter nacional mediante acumulación, comisión de servicios o nombramiento provisional entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Sevilla, 7 de octubre de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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