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En virtud de los dispuesto en el artículo 112 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre), no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por el citado artículo, por el presente anuncio se cita a los obligados tributarios o sus representantes detallados a continuación, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos derivados de los procedimientos que en el mismo se incluyen.
Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial ante la Oficina Liquidadora de Fuengirola, con domicilio en C/ Alberto Morgenstern, edificio Astigi I, Local- bajo.
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Visto el expediente de solicitud de Tasación Pericial Contradictoria, esta Oficina Liquidadora propone la resolución del mismo de acuerdo a los hechos siguientes:
Con fecha 22 de marzo de 2004, se presentó escrito de solicitud de inicio de Tasación Pericial Contradictoria. Teniendo en cuenta que el artículo 120 del Reglamento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo (BOE de 22.6.95), establece que la solicitud de tasación pericial contradictoria deberá presentarse dentro del plazo de quince días siguientes al de la notificación del acuerdo aprobatorio del resultado del expediente de comprobación de valores y establece que los interesados podrán promover la práctica de la tasación pericial contradictoria mediante solicitud presentada dentro del plazo de la primera reclamación que proceda contra la liquidación efectuada sobre la base de los valores comprobados administrativamente, o reservarse el derecho a promoverla. Por tanto esta Oficina Liquidadora acuerda no iniciar el trámite de tasación pericial contradictoria por haberse presentado la solicitud extemporáneamente.
Acuerdo de desestimación de inicio de tasación pericial contradictoria.
DOC. TP 4207/03 Hostel Equip Servicio Integral, S.L.
Liq.- 143/04 TP.
Málaga, 19 de octubre de 2004.- El Delegado, Enrique Benítez Palma.
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