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Don Bartolomé Serrano Cárdenas, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Bailén.
Hace saber: Que en el día de la fecha, el Alcalde que suscribe, ha tenido a bien dictar el siguiente:
"Decreto. Tramitado expediente para la provisión de una plaza de Técnico de Gestión administrativa vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento y publicadas sus bases en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 229, de fecha 2 de octubre de 2004 y de la Junta de Andalucía núm. 200, de fecha
13 también de octubre de igual año y habiéndose advertido los siguientes errores:
- En la base sexta no haber establecido la elaboración de la lista provisional y plazo de 10 días para subsanación de deficiencias.
- En la base octava, no establecer que los vocales que forman parte en el tribunal deberán tener titulación igual o superior a la exigida en la plaza convocada.
- En la base décima no establecer los recursos ni los plazos para su interposición de los recursos que caben interponer contra las bases.
Esta Alcaldía, en virtud de las facultades que le vienen conferidas por la legislación vigente, resuelve:
Primero. Rectificar las siguientes bases.
Base sexta. Se anula su contenido y en su lugar deberá decir:
"Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.
Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios."
Base octava. Se añade un apartado 5 con este contenido:
"Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada."
Base décima. Se anula su contenido y en su lugar deberá decir:
"Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de
interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses."
Segundo. De la presente Resolución que se dé traslado al Boletín Oficial de la Provincia y de la Junta de Andalucía, a fin de que sean subsanados los citados errores.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde don Bartolomé Serrano Cárdenas en Bailén a veinte de octubre de dos mil cuatro."
Lo que se hace público para general conocimiento.
Bailén, 20 de octubre de 2004.
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