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En el BOJA núm. 207 de 22 de octubre apareció publicada la Resolución de esta Delegación Provincial dictada con fecha 5 de octubre de 2004 por la que se convoca la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas deportivos que favorezcan la población inmigrante para el ejercicio 2004.
Se ha comprobado que en dicha publicación se hace referencia a la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 21 de mayo de 2002 reguladora de la convocatoria señalando una fecha de publicación de la misma que no es correcta; igualmente en el apartado Segundo de la Resolución se menciona dicha Orden como aprobada en el año 2003, lo cual puede inducir a confusión.
Como consecuencia, y en uso de la potestad establecida en el art. 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de rectificar en cualquier momento los errores materiales, aritméticos o de hecho padecidos en los actos que se dicten,
DISPONGO
Subsanar el error observado en la Resolución de 5 de octubre de 2004 de convocatoria de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas deportivos que favorezcan la integración social de la población inmigrante, en los siguientes términos:
En la página 24.031 donde dice "la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 21 de mayo de 2002 (BOJA núm. 78 de
7.7.2002)" debió decir "la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 21 de mayo de 2002 (BOJA núm. 78 de 4.7.2002)". En el apartado Segundo del resuelvo de la misma página donde dice "conforme a lo dispuesto en los arts. 2 y 6.2 de la Orden de
21 de mayo de 2003" debió decir "conforme a lo dispuesto en los arts. 2 y 6.2 de la Orden de 21 de mayo de 2002".
Jaén, 25 de octubre de 2004.- La Delegada, Antonia Olivares Martínez.
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