Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En fecha 21 de enero de 2004 se ha dictado la siguiente Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Sevilla:
"RESOLUCION DE 21 DE ENERO 2004, DE LA DELEGACION PROVINCIAL EN SEVILLA DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA, POR LA QUE SE ACUERDA LA REMISION DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO REQUERIDO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NUMERO TRES DE SEVILLA EN EL RECURSO NUM. 646/2003, INTERPUESTO POR DON MIGUEL RODRIGUEZ CHACON Y OTROS Y SE NOTIFICA A LOS POSIBLES INTERESADOS LA INTERPOSICION DEL MISMO
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Sevilla, se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso núm.
646/2003, interpuesto por don Miguel Rodríguez Chacón y otros, contra la Resolución de esta Delegación Provincial de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 2003, relativa a la escolarización de su menor hija en 1.º de Educación Primaria en el Colegio Privado Concertado "Lope de Vega" de Sevilla y para que se realizasen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional. Sevilla, 21 de enero de 2004. La Delegada Provincial, Elena Nimo Díaz."
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso- administrativo número 646/2003.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art 78, en relación con el 49.1, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o sólo con Abogado con poder al efecto. Haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Sevilla, 21 de enero de 2004.- La Delegada, Elena Nimo Díaz.
Descargar PDF