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Con el fin de adecuar la ubicación organizativa de los puestos de trabajo que forman parte del Grupo de Implantación de Nóminas, se modifica mediante esta Orden la asignación de un puesto de trabajo de adscripción funcionario y ocupado por empleado laboral fijo, destinado desde su creación al Grupo de Implantación de Nóminas. A dicho puesto se le modifica su centro de destino, cambiando su dependencia de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos, en aplicación del artículo
9.3.d) del VI Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del citado Convenio. En virtud del artículo 10.1, apartados d) del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, en la redacción dada por el Decreto 286/2003, de 7 de octubre, por el que se modifica el artículo 10.1 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, y previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda,
D I S P O N G O
Artículo Unico. Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y de la Consejería de Justicia y Administración Pública. Las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y de la Consejería de Justicia y Administración Pública quedan modificadas en los términos expresados en el anexo de esta Orden.
Disposición adicional única. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en la presente Orden, conforme al procedimiento establecido.
Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 2 de noviembre de 2004
MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ
Consejera de Justicia y Administración Pública
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