Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, de la Fundación denominada "Para Estudios Financieros y Tributarios" constituida y domiciliada en Málaga, Plaza de Uncibay, núm. 3,
2.º
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación "Para Estudios Financieros y Tributarios", fue constituida en Escrituras Públicas de fecha
17 de diciembre de 2003, modificada por otras de 6 de agosto de 2004 ante don Juan Carlos Martín Romero, notario del Ilustre Colegio de Granada, fundada por doña M.ª del Pilar Gregorio González, doña M.ª Carmen Mártir Alario y otros.
Segundo. Tendrá principalmente, los siguientes objetivos y fines: El estudio en materias jurídica, fiscal, contable y financiera, investigación científica y desarrollo tecnologico, fines educativos y culturales, organizando cursos, conferencias, premios de investigaicón y cuantas actuaciones se consideren necesarias para cumplir dichos fines.
Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por treinta mil seseta y un euros (30.061 euros), totalmente desembolsados y depositados en la entidad Unicaja, sucursal
0203 de Málaga, aportando certificación bancaria incorporada a dicha Escritura.
Cuarta. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por un mínimo de tres miembros, siendo su presidente don Juan José Sánchez López.
Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 242/2004, de 18 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Educación, las competencias sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.
Segundo. Se ha cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 50/2002, de
26 de diciembre, de Fundaciones por lo que, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones.
En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación
R E S U E L V E
Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente privada en el correspondiente Registro a la Fundación "Para Estudios Financieros y Tributarios", domiciliada en Málaga, Plaza de Uncibay, núm. 3,
2.º.
Segundo. Aprobar los Estatutos contenidos en Escrituras Públicas de fecha 17 de diciembre de 2003.
Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o en el plazo de un mes
potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/99, de 13 de enero.
Sevilla, 11 de noviembre de 2004
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación
Descargar PDF