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A tenor de lo dispuesto en los artículos 39.1 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con objeto de conseguir mayor agilidad administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica. En su virtud, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente,
D I S P O N G O
Artículo Unico. Se delega en el llmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Jaén, para el solo acto que se expresa, la competencia para suscribir un Convenio entre la Consejería de Salud y la Universidad de Jaén, para la realización de prácticas de estudiantes universitarios en la Delegación Provincial de Salud en Jaén.
Disposición Final Unica. La presente Orden tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de diciembre de 2004
MARIA JESUS MONTERO CUADRADO
Consejera de Salud
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