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Con fecha 10 de noviembre de 2004, se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Ayamonte, aprobadas por el Ilmo. Ayuntamiento de dicha localidad, que a continuación se exponen, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas en su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:
Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.
Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.
Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ayamonte entrarán en vigor, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el día 1 de enero de 2005.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación."
Sevilla, 10 de noviembre de 2004.- El Director General, Rafael Candau Rámila.
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