Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 11/02/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 15 de enero de 2004, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Técnica de Gestión, Especialidad Informática, por el sistema de promoción interna.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica

6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre (BOJA de 28 de octubre de 2003), en virtud del acuerdo firmado con la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios y de acuerdo con las Bases de la convocatoria aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, de 19 de diciembre de 2003,

R E S U E L V O

Convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión, Especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, con sujeción a las bases aprobadas por el Consejo de Gobierno en su sesión de 19 de diciembre de 2003.

Cádiz, 15 de enero de 2004.- El Rector, Diego Sales Márquez.

ANEXO I

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plaza por el sistema de promoción interna.

1.1.1. Los aspirantes que superen el proceso selectivo tendrán la obligación de permanecer en sus respectivos puestos de trabajo, hasta que no obtengan otro mediante los procedimientos normales de provisión de puestos de trabajo, lo que requerirá, en su caso, la correspondiente corrección en la Relación de Puestos de Trabajo.

1.2. El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria, y en cuanto le sea de aplicación la Ley/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril) y los Estatutos de la Universidad de Cádiz.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en el Anexo II.1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III de esta convocatoria.

1.5. La duración máxima del proceso será de noventa días naturales, a contar desde la finalización del primer ejercicio.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes

el título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado

Universitario o equivalente, como mínimo.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. Pertenecer el día de finalización del plazo de

presentación de solicitudes al Cuerpo o Escala de Gestión Universitaria/Especialidad Informática, prestar servicios en la Universidad de Cádiz con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antig?edad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos.

Los Servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en algunos de los Cuerpos o Escalas incluidos anteriormente serán computables, a efectos de antig?edad, para completar el tiempo a que se refiere la presente base.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancias que será facilitada gratuitamente en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia, en las Delegaciones del Gobierno en Ceuta y Melilla, y en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, o bien obteniendo el modelo Anexo VI en la siguiente dirección de internet: http://www-personal.uca.es/PAS/OPOSICIONES/

Aquellos aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso presentarán junto a la instancia, y según modelo contenido en el Anexo VII, que se puede obtener en la dirección de internet anteriormente mencionada, la relación de méritos que deseen alegar de los contenidos en los siguientes apartados del Anexo 1.B: a) Antig?edad, d) Cursos de formación y

perfeccionamiento.

Asimismo, podrán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de convocatoria.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.2. La presentación de solicitudes (ejemplar número 1

"ejemplar a presentar por el Interesado" del modelo de

solicitud) se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" y se dirigirá al Rector de la Universidad.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3. Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Los derechos de examen serán de 21 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número 3300177522, abierta en la oficina principal de Unicaja en Cádiz, a nombre de "Universidad de Cádiz", indicando "Proceso selectivo de ingreso en la Escala Técnica de Gestión/Especialidad Informática".

En la solicitud deberá figurar el sello de la Entidad bancaria, acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la Entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en la Universidad convocante. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad, así como la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo, previa comunicación a este Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunales.5.1. De acuerdo con lo establecido en el artículo

11 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, debido a las

características especiales del presente proceso selectivo y a la dificultad en encontrar especialistas en la valoración del tipo de pruebas que se establecen en el Anexo II, el Tribunal Calificador se designará en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la presente convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", Resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros. Celebrará su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no

previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 (BOE de 22), o cualesquiera otros

equivalentes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, número 10, 11001 Cádiz, teléfono 956 015

089/015 039.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera de las recogidas en el Anexo V del Decreto

54/1989, de 21 de marzo (BOJA de 21 de abril).

5.12. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de

actuación de los mismos se iniciará, según la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (BOE de 14), por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "X". En el supuesto de que no exista ningún aspirante, cuyo primer apellido comience por la letra "X", el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "Y" y así sucesivamente.

6.3. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede de los Tribunales señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los tribunales, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz,

comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía

administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99, de RJPAC.

7. Lista de aprobados.

7.1. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará públicas en el Rectorado, en el lugar de celebración de los ejercicios, así como en la siguiente dirección de Internet http://www- personal.uca.es la relación única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación

alcanzada, con indicación de su documento nacional de

identidad. Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en la fase de concurso y de oposición, desglosando esta última en cada uno de los ejercicios celebrados.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los

ejercicios. De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, el Rector remitirá la mencionada lista de aprobados al BOJA para su publicación.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA de la lista de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en el Rectorado de la Universidad los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura en el Anexo V que aparece publicado, junto con la convocatoria, en la siguiente dirección de internet: http://www-

personal.uca.es/PAS/

OPOSICIONES/

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la

Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

8.2. Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal de la Dirección General de la Función Pública o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como fecha de su cumplimiento.

8.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante, con el apartado "reservado para la Administración" debidamente cumplimentado, así como el certificado a que se refiere la base

3.1.

8.5. La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOJA del nombramiento de funcionario de carrera.

9. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO II

Ejercicios y valoración

II.A Ejercicios

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, que no tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de no más de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa que se relaciona en el Anexo III. Inmediatamente antes del

desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de corrección del mismo. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de

100 minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos

supuestos prácticos relativos a temas de desarrollo,

implantación o explotación a elegir por el opositor de entre los 6 propuestos por el Tribunal distribuidos en dos de cada uno de los grupos siguientes:

Grupo 1: 2 supuestos de Aplicaciones Informáticas.

Grupo 2: 2 supuestos de Comunicaciones.

Grupo 3: 2 supuestos de Equipamiento y Operación.

A tal efecto, lo dos supuestos elegidos por el opositor no podrán ser del mismo grupo de materias.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cinco horas.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas elegidos por el opositor de entre los cuatro propuestos por el Tribunal de los relacionados en el temario del Anexo III. Quedan excluidos los temas 1 a 18 del Anexo III.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

II.B. Valoración

Fase de concurso: La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera:

Antigüedad: La antigüedad del funcionario se valorará hasta un máximo de 18 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta Convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:

- Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en la escala de gestión/especialidad informática o categoría laboral equivalente, asignándose 0,00352 puntos por día.

- Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en otros cuerpos o escalas de los incluidos en el art. 25 de la Ley/84 y en otras categorías laborales, asignándose 0,00224 puntos por día.

- Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en Cuerpos o Escalas de los incluidos en el art. 25 de la Ley

30/84 y en otras categorías laborales, asignándose 0,00145 puntos por día.

No se computarán, a efectos de antigüedad, los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

b) Puesto de trabajo: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

Nivel 22: 10,75 puntos.

Nivel 23: 11,50 puntos.

Nivel 24: 12,25 puntos.

Nivel 25: 13 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

c) Adscripción del puesto de trabajo en la R.P.T.: Por ocupar un puesto de trabajo que en la Relación de Puestos de Trabajo en vigor el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes esté adscrito al grupo B: 2,50 puntos y a los grupos A/B: 5 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

d) Cursos de formación y perfeccionamiento: Por la

participación en cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de los grupos A o B de especialidad informática, organizado y/u homologado por organismo oficial de formación de funcionarios y/o

Universidad de Cádiz, en los que se haya expedido diploma y certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento se otorgará la siguiente puntuación:

- Cursos de hasta 15 horas de duración: 0,50 puntos por cada curso.

- Cursos de 16 a 30 horas de duración: 0,55 puntos por cada curso.

- Cursos de 31 a 50 horas de duración: 0,60 puntos por cada curso.

- Cursos de más de 50 horas de duración: 0,65 puntos por cada curso.

- En aquellos Cursos en los que en la certificación no aparezca el número de horas de duración: 0,50 puntos por cada curso.

- En los casos en que se haya expedido certificado de

aprovechamiento, se incrementará en 0,05 puntos el valor del curso.

Por la impartición de los cursos indicados anteriormente, se otorgará la puntuación indicada según la duración del curso, incrementada en un 50 por ciento.

Solamente se valorarán aquellos cursos que se hayan realizado en los 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de

terminación del plazo de presentación de solicitudes.

La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.

e) Grado consolidado: Según el grado consolidado a la fecha de finalización de presentación de solicitudes se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 22: 7,5 puntos.

Grado 23: 8 puntos.

Grado 24: 8,5 puntos.

Grado 25: 9 puntos.

La Gerencia, a la vista de los datos que obren en los

expedientes de los aspirantes o, en su caso, de los alegados por los mismos, facilitará al Tribunal lista certificada de la puntuación en los distintos apartados de la fase de concurso para su valoración por el Tribunal.

En el plazo máximo de dos meses, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal publicará lista provisional de aspirantes con la puntuación obtenida en los distintos apartados de la fase de concurso. Transcurrido un plazo de diez días para la presentación, en su caso, de reclamaciones, se publicará la lista definitiva con la

puntuación total de la fase de concurso. Ambas listas, serán publicadas en el Rectorado y en los distintos Campus que integran la Universidad de Cádiz.

Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos.

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos.

Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos.

Para superar la fase de oposición es necesario obtener un mínimo de 25 puntos entre los tres ejercicios y no obtener un cero en ninguno de ellos.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, por aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en esta fase.

ANEXO III

P R O G R A M A

1. Principios de funcionamiento de los ordenadores. Evolución y generaciones de los sistemas informáticos.

2. La información digital: Representación y codificación de la información. Lógica binaria y elementos de Algebra de Boole. Circuitos lógicos elementales.

3. La unidad central de proceso. Unidad de control, unidad aritmética lógica y memoria central: Estructura y funciones. Flujos de datos y de control.

4. Memorias. Jerarquía de memoria: Características.

Clasificación por su tecnología.

5. Memoria secundaria. Principios de funcionamiento.

Tecnologías.

6. Sistemas de entrada/salida. Comunicación entre la UCP y los periféricos. Control de los periféricos. Prioridades.

Interrupciones.

7. Periféricos. Principios de la presentación de la

información. Clasificación. Características generales.

Principales dispositivos de entrada/salida.

8. Concepto de microprocesador. Sistemas basados en

microprocesadores. Principales familias actuales de

microprocesadores.

9. Microordenadores: arquitectura. Sistemas mono y

multiusuario.

10. Software o sistema lógico. Lenguajes de programación. Sistemas operativos.

11. Concepto de sistema operativo. Estructura. Tipos de sistemas operativos. Sistemas operativos en microordenador.

12. Gestión de procesos por el sistema operativo. Tiempo real. Tiempo compartido. Proceso secuencia. Multiprogramación. Multiproceso. Procesos concurrentes.

13. Gestión de memoria por el Sistema Operativo. Métodos de asignación de memoria. Paginación. Segmentación. Memoria virtual.

14. Gestión de la información por el Sistema operativo. El Sistema de Gestión de Ficheros. Directorios. Gestión de la entrada/salida.

15. El Sistema operativo Unix: Historia; diseño principal; interfase del programador; interfase del usuario; manejo de procesos; sistemas de ficheros; sistemas de i/o; comunicación entre procesos.

16. El Sistema operativo Windows: Diseño principal; interfase del programador; interfase del usuario; manejo de procesos; sistemas de ficheros; sistemas de i/o; comunicación entre procesos.

17. Concepto de Lenguajes de Programación. Características principales de los más difundidos actualmente.

18. Concepto de información. Teoremas de Shannon. Codificación. Detectores y correctores de errores.

19. La información en los ordenadores: Programas y datos. Representación de números y representación de caracteres.

20. Organización de datos: Directa, secuencial y secuencial indexada. Organización física y lógica. Métodos de acceso.

21. Las funciones informáticas: Dirección informática.

Explotación y producción. Desarrollo. Sistemas. Redes.

Seguridad. Atención a usuarios.

22. La planificación informática: Esquema general de un plan informático: Metodologías de planificación informática.

23. Teoría de sistemas de información. Concepto básico. Elementos de los sistemas de información. Objetivos de los sistemas de información. Técnicas de diseño descendentes.

24. Arquitecturas de sistemas de información. Centralizado. Cliente/servidor. Distribuido.

25. El proyecto informático. Ciclo de vida. Fases de ejecución. Documentación. Técnicas de planificación, seguimiento y control.

26. Análisis y diseño de sistemas estructurados.

27. Análisis y diseño de sistemas orientados a objeto.

28. Entornos gráficos de análisis y diseño. Herramientas CASE: Concepto y aplicaciones.

29. Metodología de programación: Leyes de construcción de programas. Programación estructurada. Programación orientada a objetos.

30. Adquisición de programas. Criterios de elección. Pruebas y juegos de ensayos. Adaptación y mantenimiento.

31. El Area de Informática: Funciones principales, modelos organizativos, modelos operativos. Servicios informáticos en la comunidad universitaria.

32. Equipamiento informático: Selección de equipos y software, implantación y mantenimiento.

33. Seguridad informática: Concepto, alcance, aplicaciones, organización, dirección. Auditoría informática.

34. Los usuarios y la informática. Participación de los usuarios. Formación. Atención a los usuarios informáticos. Responsabilidades de los usuarios. Autonomía de los usuarios: herramientas, métodos, etc.

35. Sistemas de bases de datos. Concepto. Diseño. Integridad, seguridad, independencia lógica y física y control de

redundancia.

36. Definición física y lógica de bases de datos. Esquemas y subesquemas. Estructuras virtuales.

37. Acceso a las bases de datos. Lenguajes específicos, interrogadores, lenguajes de programación, navegadores, etc.

38. Modelos de bases de datos: relacional, jerárquica,

invertida, distribuida, orientada a objetos.

39. Tipos funcionales de bases de datos: Operacionales, documentales, de conocimiento, etc. Elementos, estructura y funciones básicas.

40. Teleinformática. Introducción y conceptos básicos.

Aplicaciones típicas. Componentes fundamentales de la red.

41. Concepto de transmisión de datos. Tipos de transmisión. Modems. Multiplexores. Equipos terminales.

42. Tipos de redes. Clasificación de tipología. Clasificación por tecnología. Técnicas de conmutación (circuitos, mensajes y paquetes).

43. El modelo OSI: Conceptos básicos. Funciones de los

distintos niveles.

44. Servicios de transmisión de datos: Red Telefónica Analógica Conmutada (RTB), RDSI, Frame Relay y ATM.

45. Redes locales. Integración de sistemas heterogéneos. Tipologías. El modelo ETHERNET: Modelo funcional; interfases; especificaciones.

46. Infraestructura de redes: Elementos típicos, proceso de diseño, implantación y mantenimiento. Monitorización y gestión de la red.

47. La automatización de oficinas. Objetivos: Ofimática y productividad. Herramientas disponibles. Impacto en la

organización.

48. Paquetes ofimáticos integrados. Componentes. Aplicaciones.

49. La integración de la ofimática con los sistemas de bases de datos corporativos, los servicios internet y los sistemas de seguridad informática.

50. Internet. Estructura y organización. Aplicaciones y conceptos generales. Niveles de seguridad.

51. La WWW: Conceptos y aplicaciones. Estructuras lógica y física. Lenguajes de programación orientados a web.

52. Los lenguajes HTML, XML y Java en relación a la web: características y aplicaciones principales. Ventajas e

inconvenientes relativos.

53. Navegadores de internet: Concepto, características y funciones típicas. Principales productos actuales:

características, funciones, etc.

54. Sistemas de correo electrónico: Concepto, características y funciones típicas. Principales productos actuales:

características, funciones, arquitectura.

55. Programas multimedia. Características y elementos básicos. Funciones principales. Tecnologías al uso.

56. Virus, gusanos, caballos de troya: Concepto,

características y acciones típicas. Medidas de prevención, eliminación y restauración.

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