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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico
Por contador 1,6610 euros/mes
Uso industrial, centros oficiales
y comercial
Por contador 6,3118 euros/mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
Hasta 11 m/abonado/mes 0,2658 euros/m
De 12 a 20 m/abonado/mes 0,7309 euros/m
Más de 20 m/abonado/mes 0,9966 euros/m
Uso industrial y comercial
Hasta 35 m/abonado/mes 0,6312 euros/m
Más de 35 m/abonado/mes 0,9966 euros/m
Usos oficiales
Bloque único 0,3389 euros/m
La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.
Bonificaciones en tarifas domésticas: Conforme al acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio para el desarrollo de la Vega-Sierra Elvira, en sesión celebrada el 3 de diciembre de 2003, que se transcribe a continuación.
"Bonificación en consumo.
Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que estén fuera del sistema de Canales-Quéntar se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entre a formar parte del citado sistema.
Bonificación Bloque I-0,1328 euros/m
Bonificación Bloque II-0,2126 euros/m
Para los Jubilados-pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:
- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo
interprofesional.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
- No convivan con otras personas con rentas contributivas.
- Su consumo sea menor o igual a 11 m al mes se les aplicará una bonificación de 0,2658 euros/m (100%) a los primeros 7,5 m al mes.
Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual verán incrementado el tope superior del bloque I y II tarifarios en 2,5 m/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro."
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Recargo especial Cubillas
Suministros domésticos 0,2192 euros/m
Suministros industriales 0,2990 euros/m
Recargo especial Chauchina
Todos suministros 0,0997 euros/m
Derechos de contratación
Usos domésticos
Calibres del contador en mm
Hasta 34,1000 euros
De44,9200 euros
De55,7400 euros
De62,9500 euros
De80,9800 euros
De99,0100 euros
De117,0400 euros
De153,1100 euros
De189,1700 euros
De243,2600 euros
De297,3500 euros
De100369,4700 euros
De150549,7800 euros
Su importe máximo estará en relación con la expresión 3,6061 ñ D - 27,0455 (2- P/t). Siendo P =,2658 euros; t =,1142 euros y D = diámetro del contador en mm.
Usos industriales y comerciales
Calibres del contador en mm
Hasta 37,2100 euros
De48,0300 euros
De58,8400 euros
De66,0600 euros
De84,0900 euros
De102,1200 euros
De120,1500 euros
De156,2100 euros
De192,2700 euros
De246,3600 euros
De300,4500 euros
De100372,5700 euros
De150552,8800 euros
Su importe máximo estará en relación con la expresión 3,6061 ñ D - 27,0455 (2-P/t). Siendo P =,6312 euros; t =,2584 euros y D = diámetro del contador en mm.
Usos oficiales
Calibres del contador en mm
Hasta 1,0500 euros
De11,8700 euros
De22,6900 euros
De29,9000 euros
De47,9300 euros
De65,9600 euros
De83,9900 euros
De120,0600 euros
De156,1200 euros
De210,2100 euros
De264,3000 euros
De100336,4200 euros
De150516,7300 euros
Su importe máximo estará en relación con la expresión 3,6061 ñ D - 27,0455 (2-P/t). Siendo P =,3389 euros; t =,3065 euros y D =diámetro del contador en mm.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Derechos de acometida
Parámetro A: 16,8283 euros/mm
Parámetro B: 78,1316 euros/litros/segundo
Derechos de reconexión
Calibres del contador en mm
De 15,2800 euros
De 1027,8600 euros
De 13 en adelante28,0100 euros
Fianzas
7, 10 y 13 mm17,0800 euros
15, 20 y 25 mm30,8600 euros
30 mm68,8900 euros
40 mm118,9900 euros
más de 40 mm118,9900 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 3 de febrero de 2004.- El Viceconsejero, José
Salgueiro Carmona.
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