Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 20/02/2004

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Consejería de Educación y Ciencia

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, sobre notificación a doña Salomé Paz Cross de la Orden y carta de despido que se citan.

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Intentada la notificación personal, sin haber podido realizar la misma, en el último domicilio conocido, sito en C/ José Villegas, 2. Urbanización Los Pintores, de Gines (Sevilla), de conformidad con lo establecido en los artículos

59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica a doña Salomé Paz Cross, personal laboral fijo de la Junta de Andalucía y Número de Registro de Personal: LE000028699691, la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de fecha 23 de diciembre de 2003, por la que, previa incoación del correspondiente expediente disciplinario, se acuerda el despido de la interesada, declarando, en consecuencia, la extinción de su contrato laboral con la Administración de la Junta de Andalucía por hechos tipificados como falta muy grave en el art. 43.6 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía. Asimismo, se le notifica la carta de despido de esta Delegación Provincial, de fecha 28 de enero de

2004, prevista en el art. 55 del Estatuto de los Trabajadores.

El expediente completo se encuentra a disposición de la interesada en el Servicio de Gestión de Personal de esta Delegación Provincial, sita en Avda. Ronda del Tamarguillo, s/n de Sevilla, a efectos de su conocimiento y ejercicio de los derechos que le asistan.

Contra la citada Orden podrá formularse reclamación previa a la vía judicial laboral en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación, según lo establecido en el artículo 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 69 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril. De conformidad con lo dispuesto en el art. 103.1 de la Ley de Procedimiento, Laboral y en el art. 59.3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, dicho plazo será de caducidad a todos los efectos. En consecuencia, denegada la reclamación o transcurrido un mes sin haber sido notificada resolución alguna, se reanudará el cómputo del plazo anterior a los efectos de interposición por el trabajador de la demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente.

Sevilla, 6 de febrero de 2004.- La Delegada, Elena Nimo Díaz.

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