Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 23/02/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ORDEN de 29 de enero de 2004, por la que se convoca el V Premio Andaluz a la Excelencia.

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P R E A M B U L O

Desde que en el año 2000 se creó el Primer Premio Andaluz a la Excelencia, se ha venido concediendo este Premio año tras año, con una participación significativamente creciente tanto en número como en la calidad de las empresas candidatas. De la misma forma, el impacto positivo que supone el reconocimiento social a las buenas prácticas en la gestión empresarial, ha ido aumentando entre empresas, profesionales y público en general, tal como se ha venido constatando cada año con la entrega del Premio y de las Menciones Especiales.

Está contrastado que la competencia entre las empresas cada vez se dirime en mayor medida en función de la diferenciación de productos, la innovación y la excelencia en la gestión. Es necesario, por tanto, seguir favoreciendo la creación de un sistema empresarial de excelencia que aumente el dinamismo del tejido empresarial andaluz impulsando los cambios necesarios en la acción empresarial que permitan su progresiva modernización. El esfuerzo invertido en el desarrollo e implantación de sistemas de gestión de la calidad ha reforzado la posición en los mercados de las empresas andaluzas, a la vez que ha creado una cultura de gestión basada en la planificación y el desarrollo de metodologías adecuadas para obtener los resultados previstos y en la medida de los logros realmente alcanzados como datos fundamentales para el análisis y la mejora de los procesos, productos y servicios de la empresa. Este esfuerzo, que redunda en la mejora de la competitividad de las empresas, es necesariamente compatible con la preocupación por el respeto al medio ambiente y por la mejora continua de los sistemas de prevención de los riesgos laborales, los cuales forman parte consustancial con las buenas prácticas de gestión. Por todo ello, en la convocatoria de este V Premio Andaluz a la Excelencia, se han reestructurado los criterios de valoración y puntuación de las candidaturas, destacando los aspectos mencionados como elementos bien visibles y diferenciados para una evaluación objetiva.

El concepto de calidad en las empresas ha evolucionado desde asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los clientes hacia el objetivo de lograr la plena satisfacción de sus necesidades y expectativas. Para ello se hace imprescindible tener en consideración principios como el liderazgo, la gestión con un enfoque basado en procesos o la mejora continua, que posibiliten el avance de las organizaciones hacia la excelencia.

En su virtud y al amparo de las competencias que tiene atribuida esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el artículo 6 del Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril (BOJA núm. 50, de 29 de abril) sobre reestructuración de Consejerías y artículo 1 del Decreto 244/2000, de 31 de mayo (BOJA núm. 66, de 8 de junio) que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y en ejecución de las competencias que me atribuye la Ley de Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

D I S P O N G O

Artículo único.

Se convoca el V Premio Andaluz a la Excelencia de acuerdo con las bases que a continuación se exponen.

Base primera. Objeto del premio.

El V Premio Andaluz a la Excelencia está destinado a distinguir a las empresas andaluzas que, cumpliendo los requisitos expuestos en la base segunda, hayan conseguido mejoras sustanciales en su competitividad mediante la aplicación de métodos y herramientas de excelencia en la gestión y que contribuyan, por tanto, a reforzar la cultura de la calidad en la sociedad andaluza.

Base segunda. Requisitos.

Podrán solicitar su candidatura al V Premio Andaluz a la Excelencia todas las empresas andaluzas que así lo deseen. Para ello es necesario que la empresa solicitante tenga sus instalaciones y desarrolle sus actividades productivas en la Comunidad Autonómica de Andalucía.

No podrán solicitar su candidatura las empresas galardonadas, en el I Premio Andaluz a la Excelencia, con los premios a la Calidad Industrial y a la Excelencia Empresarial, ni las galardonadas, en el II, III ó IV Premio Andaluz a la

Excelencia, con los Premios a la Excelencia Empresarial en sus categorías de PYMES y Grandes Empresas.

Base tercera. Premios y menciones especiales.

Entre los finalistas se seleccionarán los premiados en dos categorías:

- Premio a la Excelencia Empresarial para PYMES: en

reconocimiento a aquellas PYMES andaluzas que hayan conseguido ventajas competitivas en el mercado sobre la base de un alto nivel de excelencia en su gestión. A efectos de esta

convocatoria se considerará Pequeña y Mediana Empresa aquella empresa:

Que emplee a menos de 250 personas, cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros, que no esté

participada en un 25 por 100 o más por otras grandes empresas, con la excepción de sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o, en el caso de que no se ejerza control, inversores institucionales o financieros.

- Premio a la Excelencia Empresarial para Grandes Empresas: en reconocimiento a aquellas grandes empresas andaluzas, que hayan conseguido ventajas competitivas en el mercado sobre la base de un alto nivel de excelencia en su gestión.

Entre los finalistas se podrán conceder Menciones Especiales, en las dos categorías, a las Mejores Prácticas en:

Liderazgo: en reconocimiento a aquellas empresas andaluzas en las que sus líderes desarrollan los valores necesarios para alcanzar el éxito a largo plazo, implicándose personalmente en el desarrollo e implantación de la misión y visión de la organización, mediante una estrategia claramente centrada en todos los grupos de interés y apoyada por políticas, planes, objetivos, metas y procesos.

Gestión de los recursos: en reconocimiento a aquellas empresas andaluzas que gestionan, desarrollan y aprovechan sus recursos en apoyo de su política y estrategia, especialmente del conocimiento y de todo el potencial de las personas que la componen, tanto a nivel individual como de equipos.

Gestión de los procesos: en reconocimiento a aquellas empresas andaluzas que diseñan, gestionan y mejoran sus procesos, generando cada vez más valor para sus clientes y otros grupos de interés.

Tanto los premios como las menciones se podrán declarar desiertos si el Jurado lo considera oportuno.

La solicitud y el resto de la documentación a aportar por las empresas candidatas, según se describe en la base cuarta y sexta, son independientes de los distintos reconocimientos antes descritos.

Base cuarta. Solicitudes.

Las solicitudes deberán cumplimentarse en el formulario que figura como Anexo.

Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, Dirección General de Industria, Energía y Minas, a la atención del "Comité Organizador del Quinto Premio Andaluz a la Excelencia", deberán presentarse en el Registro General de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, Avda. Hytasa núm. 14, Edificio Junta de Andalucía,

41071, Sevilla, o en cualquier otro de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La participación en la presente convocatoria, no supondrá coste alguno para las empresas candidatas.

Base quinta. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes para el V Premio Andaluz a la Excelencia, finalizará el 14 de mayo del año 2004.

Base sexta. Documentación.

Junto a la solicitud (Anexo) anteriormente citada, las empresas candidatas deberán presentar la siguiente documentación:

- Cinco copias de la memoria descriptiva de las actividades y resultados de la empresa. Deberá contener como epígrafes los subcriterios del modelo EFQM actualizado que sea de aplicación (PYMES o Grandes Empresas).

- Copia de los certificados y documentos acreditativos de los Sistemas de Gestión mencionados en el apartado b) de la base séptima (si el candidato los poseyera).

- Documentación acreditativa de su condición de empresa andaluza (base segunda). Por ejemplo: declaración responsable, licencia de apertura, registro industrial, IAE, etc.

Hasta la expiración del plazo de presentación de solicitudes, las empresas interesadas recibirán apoyo técnico de la

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico que facilite la preparación de la documentación anteriormente citada,

incluyendo una guía de recomendaciones para presentar la candidatura.

Base séptima. Criterios de valoración y puntuación de las candidaturas.

a) Modelo de Excelencia Empresarial (800 puntos):

- Los recogidos en el Modelo EFQM de Excelencia Empresarial, atendiendo a los criterios de valoración y puntuación

recomendados por esta organización.

- La puntuación obtenida se ajustará linealmente al rango 0-

800.

b) Otros Sistemas de Gestión (200 puntos):

b.1) Sistemas de Gestión de la Calidad:

- Certificados por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (100 puntos).

b.2) Sistemas de Gestión Medioambiental:

- Certificados por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (30 puntos).

- Verificados según el Reglamento (CE) núm. 761/2001-EMAS por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (20 puntos adicionales).

b.3) Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales:

- Sometidos al control de auditoras y/o concertados con servicios de prevención ajenos, según la modalidad organizativa elegida por la empresa al amparo de la legislación vigente. Las auditoras y servicios de prevención ajenos han de estar acreditados por la autoridad laboral (30 puntos).

- Certificados según normas de uso voluntario de reconocido prestigio nacionales o internacionales, por entidades de certificación (20 puntos adicionales).

Para cada uno de los subapartados anteriores, la puntuación se multiplicará por un factor de corrección entre 0 y 1 en función del grado de cobertura de la documentación aportada con respecto al global de actividades y centros de la empresa incluidos en la candidatura.

Las Menciones Especiales a las Mejores Prácticas se concederán, basándose en la evaluación según el Modelo EFQM de Excelencia Empresarial, a aquellos candidatos finalistas que destaquen especialmente en los correspondientes criterios agentes relacionados del Modelo.

Base octava. Evaluación.

La evaluación de las candidaturas presentadas será realizada por el Comité Organizador del V Premio Andaluz a la Excelencia, que estará coordinado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Empleo y Des-arrollo Tecnológico y contará con el apoyo técnico del Centro Andaluz para la Excelencia en la Gestión.

Se constituirán equipos de evaluadores que analizarán la documentación aportada por las empresas candidatas atendiendo a los criterios indicados en la base séptima. Este análisis podrá ser ampliado, a criterio del Comité Organizador, con visitas a las instalaciones de las empresas candidatas.

El Comité Organizador, a la vista de los Informes de Evaluación presentados por los equipos de evaluadores, procederá a declarar las empresas finalistas que serán presentadas al Jurado del V Premio Andaluz a la Excelencia.

Toda la información generada durante el proceso de evaluación de las candidaturas se tratará de forma confidencial, siendo propiedad exclusiva de las empresas candidatas.

Base novena. Concesión del premio y jurado.

Los Premios y Menciones Especiales a las Mejores Prácticas se otorgarán mediante resolución de un Jurado que estará integrado por personalidades distinguidas del mundo empresarial andaluz y relacionadas con la Excelencia Empresarial.

La decisión del Jurado no está sujeta a apelación.

Base décima. Informe de evaluación.

A todas las organizaciones participantes se les hará entrega de un Informe de Evaluación en el que se detallarán sus puntos fuertes, áreas de mejora y el rango donde se encuentra la puntuación obtenida para cada uno de los criterios de

valoración descritos en la base séptima.

Base undécima. Empresas galardonadas.

Los Premios y Menciones Especiales a las Mejores Prácticas no van acompañados de dotación económica alguna.

Las empresas galardonadas serán invitadas a un acto público en el que se les hará entrega simbólica del reconocimiento obtenido, que será materializado mediante una "estatuilla" diseñada a tal efecto y un diploma acreditativo.

Las empresas galardonadas podrán hacer publicidad de dicha concesión mediante una "huella" o logotipo en membretes, anuncios, productos, memorias, etc. especificando el

reconocimiento obtenido y el año en que fueron premiadas, así como publicar y difundir la concesión del Premio en cualquier medio de comunicación.

Estas empresas tendrán la oportunidad de compartir su

experiencia, mediante su participación en jornadas informativas o de difusión del Premio en posteriores convocatorias.

Asimismo, podrán formar parte del Jurado en posteriores convocatorias de éste.

Las empresas galardonadas recibirán apoyo por parte del Comité Organizador para la participación en las convocatorias a otros premios a la excelencia empresarial en los ámbitos nacional y europeo.

La Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico -Dirección General de Industria, Energía y Minas-, difundirá públicamente el nombre de las empresas galardonadas por lo que éstas no podrán hacer pública, hasta la fecha oficial de la concesión del premio, la información sobre la resolución del jurado que le pueda transmitir el Comité Organizador.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de enero de 2004

JOSE ANTONIO VIERA CHACON

Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico

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