Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 02/03/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ORDEN de 16 de febrero de 2004, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2004 de subvenciones a Entidades Locales Andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor.

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Por Orden de 30 de enero de 2003, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor y se efectuó su convocatoria para el año 2003. Dicha Orden se enmarcaba dentro de las actividades de fomento que la Administración de la Junta de Andalucía asume para la defensa de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma, en colaboración con la Administración local, como medidas de acercamiento de los servicios públicos al ciudadano, en aras de una mayor eficacia en la gestión de los mismos. Manteniéndose en el presente ejercicio todo el contenido reglamentario de dicha Orden se procede este año tan sólo a efectuar la convocatoria para el año 2004, rigiéndose, por tanto, la convocatoria, por lo dispuesto para el pasado año por la Orden de 30 de enero de 2003.

Con la presente convocatoria se pretende fomentar tanto la creación de Oficinas de Información al Consumidor como la actividad de las ya existentes, mostrando así una actitud activa en la defensa de los consumidores y usuarios. En su virtud y de conformidad con lo establecido en el Decreto

254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, la Orden de 25 de febrero de 2002 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se crea y regula la base de datos de subvenciones y ayudas públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía que desarrolla dicho Decreto 254/2001, en el artículo 20 de la Ley 17/2003, de 31 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2004 y en el artículo

104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O

Artículo único.

1. Se procede a la convocatoria de subvenciones a Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor para el año 2004.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

3. La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo dispuesto en la Orden de 30 de enero de 2003, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor (BOJA núm. 32, de 17 de febrero de

2003).

4. La solicitud deberá ser formulada según el modelo del anexo a la Orden citada en el punto anterior.

5. Se delega en el titular de la Delegación del Gobierno de la Junta en cada provincia la competencia para resolver.

Sevilla, 16 de febrero de 2004

SERGIO MORENO MONROVE

Consejero de Gobernación

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