Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 5/3/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BAÑOS DE LA ENCINA

EDICTO de 18 de febrero de 2004, sobre modificación de bases (BOJA núm. 226, de 24.11.2003).

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Don Miguel Campillo Gómez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Baños de la Encina (Jaén).

Hace saber: Que esta Alcaldía-Presidencia con fecha 18 de febrero de 2004, ha adoptado la siguiente Resolución: ANTECEDENTES

Por Resolución de esta Alcaldía de fecha 14 de octubre de 2003, se aprobaron las bases que han de regir la convocatoria para la provisión con carácter indefinido de una plaza de personal laboral fijo, denominado: Personal de oficios varios-jardinero, mediante concurso.

Las bases fueron publicadas en el BOP de Jaén núm. 271, de fecha 25 de noviembre de 2003 y BOJA núm. 226, de fecha 24 de noviembre de 2003, anunciándose la convocatoria de la plaza en el Boletín Oficial del Estado núm. 303 de fecha 19 de diciembre de 2003.

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 12 de febrero de 2004, y tras recurso de reposición presentado contra las mencionadas bases, esta Alcaldía resolvió anular la base sexta de la convocatoria, por lo que procede aprobar la nueva redacción de dicha base.

Por todo ello, esta Alcaldía resuelve:

Primero. Aprobar la nueva redacción de la base sexta de la convocatoria para la provisión con carácter indefinido de una plaza de personal laboral fijo, denominada: Personal de oficios varios-jardinero, mediante concurso, que queda redactada como sigue:

Sexta. Sistema de selección.

El sistema de selección será el concurso libre y se valorarán los méritos alegados por los aspirantes, los cuales serán calificados conforme al siguiente baremo:

A) Experiencia profesional:- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local en plaza o puesto de trabajo de igual o similar contenido al que se opta: 0,20 puntos por mes.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en plazo o puesto de trabajo de igual o similar contenido al que se opta: 0,15 puntos por mes.

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier empresa privada en plaza o puesto de trabajo de igual o similar contenido al que se opta: 0,10 puntos por mes.

La puntuación máxima otorgada por este apartado será de 10 puntos.

La justificación de este apartado se realizará mediante certificación expedida por el Organismo pertinente.

B) Formación:

- Por la acreditación de título distinto del exigido para el puesto, de nivel superior al mismo: 1 punto.

- La puntuación máxima por este apartado será de 1 punto.

- Por la asistencia a cursos, seminarios o jornadas, siempre que su contenido guarde relación con el puesto de trabajo de Jardinero: 0,1 puntos por hora acreditada. La puntuación máxima por este apartado será de 8 puntos.

- Por poseer el carné de manipulador de productos fitosanitarios: 1 punto.

Justificación:

Titulación académica: Mediante título oficial expedido por el Ministerio de Educación.

Cursos: Certificación expedida por el Organismo o Centro correspondiente o fotocopia compulsada del diploma o título expedido, debiendo constar el título del curso, duración del mismo y centro que lo imparte.

Carné de manipulador: Fotocopia compulsada del mismo, o diploma acreditativo de la condición de apto en el curso realizado para la obtención del mismo.

No se valorarán los méritos justificados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El cómputo de servicios tendrá como límite la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El Tribunal se reserva la facultad de realizar una entrevista personal a los aspirantes, que versará sobre el curriculum personal y la experiencia laboral. Dicha entrevista se valorará de 0 a 5 puntos.

Los aspirantes serán convocados para la entrevista, si la hubiere, en llamamiento único, por orden alfabético, siendo excluidos del proceso selectivo los que no comparezcan.

Segundo. Las restantes bases de la convocatoria permanecen con la redacción aprobada por Resolución de la Alcaldía de fecha 14 de octubre de 2003.

Tercero. Se deja sin efecto la convocatoria efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 28 de noviembre de 2003 y publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 303 de fecha 19 de diciembre de 2003.

Baños de la Encina, 18 de febrero de 2004.- El Alcalde, Miguel Campillo Gómez.

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