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Resueltos los recursos de alzada, confirmando las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores incoados a las personas y entidades que se indican por infracción a los artículos que se detallan de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de
1987); y dado que, intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública en Anexo adjunto, la notificación de la resolución de los siguientes recursos, cuyos correspondientes expedientes obran en el Servicio de Inspección y Sanciones de la Dirección General de Transportes (Maese Rodrigo, 1, Sevilla).
Contra las citadas resoluciones, que ponen fin a la vía Administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.
Las sanciones impuestas en las resoluciones de los recursos de alzada podrán hacerse efectivas voluntariamente en el plazo de
15 días a partir del siguiente al de la presente publicación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sirviendo la presente de previo apercibimiento a los efectos de lo previsto en el artículo 95 de dicha norma.
Sevilla, 11 de febrero de 2004.- El Director General, Rafael Candau Rámila.
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