Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 17/03/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE PINOS PUENTE

ANUNCIO de rectificación de bases (BOJA núm. 250, de 30.12.2003).

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Resolución núm. 11/2004.

RECTIFICACION BASES CONCURSO OPOSICION

PLAZAS POLICIA LOCAL

Visto el requerimiento de la Dirección General de Política Interior, Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de fecha 26.1.04, en relación a las Bases de la Convocatoria de tres plazas de Policía Local de este Ayuntamiento y en el que se señalan diversas Bases en las que pudieran darse posibles infracciones del ordenamiento.

Vista la Ley 201/2003 vengo en resolver:

I) Modificar las Bases para acceder a tres Plazas de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Pinos Puente de la forma siguiente:

1. En las Bases 2 y 10, se sustituye la referencia al Decreto

196/1992 por la del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.

2. En la Base 3.b), se modifica quedando redactado de la forma siguiente:

"Tener dieciocho años de edad cumplidos, y no haber cumplido los treinta y cinco estando exento del requisito de la edad los funcionarios de carrera, vigilantes municipales del Excmo. Ayuntamiento de Pinos Puente que aspiren a las plazas convocadas."

3. En la Base 3.g), pasa a estar redactada de la forma siguiente:

"Estar en posesión de los permisos de conducción de la clase A y B con autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos de luces o señales acústicas especiales (B.T.P.)."

4. En la Base 7, se suprime el último párrafo y queda redactada de la forma siguiente:

"Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el tribunal.

La actuación de los aspirantes se iniciará por aspirantes cuyo primer apellido empiece por S y por orden alfabético. Según última resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública del Ministerio de Administraciones Públicas de fecha 18 de marzo de 2002, BOE de 2 de abril.

Una vez iniciadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación en el BOP de los sucesivos anuncios de celebración de las respectivas pruebas. Estos anuncios se insertarán por el Tribunal en el Tablón de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

Duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho aplazamiento no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses.

Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo aquellos aspirantes cuya

puntuación final no pueda ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas."

5. En la Base 11, el último párrafo se sustituye por el siguiente:

"Cuando el alumno no haya superado el curso y a la vista del informe remitido por la escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, el concurso o en el concurso- oposición y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección de futuras convocatorias."

II) Publíquese la modificación en el BOP, BOJA, y BOE,

iniciándose un nuevo plazo para presentación de solicitudes, de

20 días naturales a contar desde el siguiente al de la

publicación en el BOE.

Lo manda y firma Sr. Alcalde-Presidente, don José Emilio Ruiz Rodríguez, en Pinos Puente, 17 de febrero de 2004, ante mí el Secretario que certifico.