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La Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 39.7 que corresponde al titular de cada Consejería la firma de los contratos relativos a asuntos propios de su Departamento.
La Orden de 28 de octubre de 1996, modificada por Orden de 18 de febrero de 2004, delegó determinadas competencias en materia de gastos y contratación en los Delegados Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales.
Razones de eficacia administrativa aconsejan delegar en la Delegada Provincial de Asuntos Sociales de Jaén la contratación de servicio de limpieza que se indica por un importe superior al señalado en el Apartado Primero B) de la mencionada Orden.
En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DISPONGO
Primero. Se delega en la Delegada Provincial de Asuntos Sociales de Jaén la competencia para la contratación del siguiente servicio, por importe superior a 300.500,05 E.
- Limpieza de la Residencia para personas mayores de Linares (Expte. 8CAS/2004), cuyo precio de licitación es de 428.952,00 euros.
Segundo. En las Resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.
Tercero. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de marzo de 2004
ISAIAS PEREZ SALDAÑA
Consejero de Asuntos Sociales
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