Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 01/04/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

ACUERDO de 27 de enero de 2004, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General del Deporte de Andalucía.

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El Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, en el ejercicio de la competencia exclusiva que en materia de deporte le atribuye el artículo

13.31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Dicha Ley 6/1998 determinó la necesidad de elaborar y aprobar el Plan General del Deporte de Andalucía, entendido éste como el mecanismo legal para hacer efectiva una adecuada ordenación de los recursos públicos en materia de deporte, determinando las principales necesidades, objetivos, prioridades y programas de acción y definiendo el modelo y la estrategia de actuación deportiva de la Comunidad Autónoma.

La formulación del Plan General del Deporte fue adoptada por el Consejo de Gobierno mediante el Decreto 227/2002, de 10 de septiembre, determinando los objetivos generales, el contenido y el procedimiento de aprobación.

El Plan, en su primera parte, elabora el diagnóstico del deporte en Andalucía, destacando en esta fase las siguientes determinaciones:

- Los entornos del deporte en Andalucía. Su pretensión es contextualizar la realidad del deporte andaluz, interrelacionando el deporte con la sociedad andaluza, la economía, los medios de comunicación, el medio ambiente y el turismo.

- Los sistemas y modelos deportivos. Tiene por misión analizar los sistemas deportivos, entendidos como el conjunto de instituciones, organizaciones, recursos y formas de ejercicio de la actividad deportiva que identifican una sociedad territorialmente delimitada.

- La organización pública y privada del deporte en Andalucía. Las consideraciones respecto de la organización pública abarca la situación de la organización administrativa de la Unión Europea, de la Administración General del Estado, de la Junta de Andalucía, de los municipios y provincias y de las universidades, realizando valoraciones y formulado diferentes propuestas de cambio.

- Los agentes deportivos. Son múltiples los actores que intervienen en la actividad deportiva, si bien los principales son los deportistas, los árbitros o jueces, los técnicos deportivos, los espectadores, los organizadores de competiciones deportivas, los directivos deportivos, los voluntarios y los patrocinadores deportivos.

- Los niveles deportivos en Andalucía. En este apartado se analizan los diferentes niveles deportivos, entendidos como cada una de las distintas categorías en las que se pueden clasificar los diferentes estadios de la práctica deportiva: deporte para todos, que no lleva implícita la exigencia de rendimiento, y el deporte de rendimiento, con sus distintos subniveles en base al grado del resultado deportivo.

- Los ámbitos deportivos. Entendidos como los espacios donde se desarrolla la actividad deportiva en sus distintos niveles, el Plan analiza y clasifica los ámbitos deportivos en función de su accesibilidad.

- Los subsistemas horizontales. El Plan parte de la premisa de la comprensión del sistema deportivo como la articulación de múltiples elementos que pueden agruparse en determinados "subsistemas", otorgándole una atención prioritaria a la formación deportiva, a la medicina del deporte, a las instalaciones deportivas, a las estadísticas deportivas y a la resolución de conflictos en la esfera deportiva. La segunda parte del Plan General del Deporte corresponde a la ejecución del mismo y se identifica con los objetivos, las estrategias y las medidas a adoptar. El objetivo finalista del Plan es el fomento del deporte como factor de calidad de vida de los andaluces. Se trata de caminar para lograr el desarrollo sostenible del deporte en condiciones de igualdad, a través de la consolidación de un sistema deportivo propio, conectado con los sistemas deportivos español, europeo e internacional. Como objetivos intermedios figuran la universalización de la práctica deportiva; la consecución de mayores beneficios individuales y sociales procedentes de la práctica deportiva o la mejora cualitativa de todos los niveles deportivos y la consolidación de un sistema deportivo propio para Andalucía. A partir de los objetivos intermedios se derivan las

estratégias, que son desarrolladas mediante las medidas. Entre las estrategias, destaca la consolidación del sistema deportivo andaluz; la potenciación del deportista; el fortalecimiento del tejido asociativo andaluz; la mejora cuantitativa y cualitativa de la práctica deportiva; la ordenación y estímulo de la formación deportiva; la planificación de los eventos

deportivos; la existencia de una red de infraestructuras deportivas suficientes y accesibles; el empleo del deporte como elemento de cohesión social, o el impulso de flujos de recursos económicos procedentes del sector privado a través de fórmulas como el patrocinio, entre otros.

Para su consecución, el Plan General del Deporte establece numerosas medidas o acciones concretas fácilmente

identificables y evaluables, en las que se concretan el fin a alcanzar, el plazo para su ejecución, el órgano o entidad responsable de su ejecución y los indicadores que permitirán la evaluación del grado de ejecución.

Durante el proceso de elaboración del Plan General del Deporte ha tenido lugar un alto grado de participación que, con certeza, enriquece el documento en base a las diversas

perspectivas arrojadas, así el Plan se somete a informe del Consejo Andaluz de Municipios, del Consejo Andaluz de

Provincias, y del Consejo Andaluz del Deporte.

La singular relevancia del Plan determinó que se previera que, antes de ser aprobado, fuera conocido y debatido por el Parlamento de Andalucía, habiendo tenido lugar el

correspondiente debate el pasado 18 de diciembre.

En su virtud, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 6/1998, de

14 de diciembre, del Deporte y 4 del Decreto 227/2002, de 10 de septiembre, de formulación del Plan General del Deporte, a propuesta del Consejero de Turismo y Deporte, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de enero de 2004, adoptó el siguiente

A C U E R D O

Artículo 1. Aprobación.

Se aprueba el Plan General del Deporte de Andalucía, que figura como Anexo al presente Acuerdo.

Artículo 2. Vigencia.

El Plan General del Deporte de Andalucía extenderá su vigencia hasta el año 2007.

Disposición final primera. Habilitación.

Se faculta al titular de la Consejería de Turismo y Deporte para adoptar las disposiciones y actos que sean necesarios en desarrollo y ejecución de lo previsto en el presente Acuerdo. Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 27 de enero de 2004

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO ORTEGA GARCIA

Consejero de Turismo y Deporte

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