Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de
2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto
137/2000, de 16 de mayo,
R E S U E L V O
Autorizar las Tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Normal 0,90 euros
Bono 5 euros (9 viajes) 5,00 euros
Bono joven (10 viajes) 4,00 euros
Pensionistas 0,00 euros
Mensual 31,00 euros
Título 10 euros (20 viajes) 10,00 euros
*Transbordo 0,00 euros
Tarifa del transporte al Ferial 1,20 euros * Se mantiene el margen temporal del transbordo en 45 minutos.
Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2004 siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 22 de diciembre de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
Descargar PDF