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En el recurso contencioso-administrativo núm. 4611/1997, seguido a instancia de Flexiplán, S.A. ETT contra resolución de 10 de septiembre de 1997 de la extinta Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario dirigido frente a la resolución dictada por la Delegación Provincial de dicha Consejería en Jaén, dictada en el expediente sancionador 96/97, por infracción del artículo 19.2, letra c) de la Ley 14/1994, de 1 de junio, en relación con los artículos 6 y 8, c de mismo texto legal, al no incluir en las clásulas de los contratos de puesta a disposición de trabajadores como Empresa de Trabajo Temporal, concertados con la Entidad Hamsa, una correspondiente a las causas de exclusión contempladas en el artículo 8 del Convenio Colectivo Estatal de ETT, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha 9 de febrero de
2004, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: Desestimamos el presente recurso contencioso- administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "Flexiplán, S.A., ETT" contra la resolución de 10 de septiembre de 1997 de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía que desestima el recurso ordinario dirigido frente a la resolución dictada por el Delegado Provincial en Jaén de dicha Consejería, dictada en el expediente sancionador 96/97, que confirmamos en sus términos por ser ajustados a Derecho; sin hacer pronunciamiento en costas".
En virtud de lo establecido en el artículo 3.º5.ª de la Orden de 3 de octubre de 2000, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 1 de abril de 2004.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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