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Primero. Aprobar la revisión de las tarifas de los servicios metropolitanos de transporte público regular permanente de viajeros por carretera de uso general que se recogen en el siguiente cuadro:
Saltos Billete sencillo Bono 10 Bono 10 T
0 0,90 E 6,70 E 9,80 E
1 1,00 E 7,10 E 10,20 E
2 1,10 E 8,05 E 11,25 E
Estas tarifas incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Seguro Obligatorio de Viajeros.
Segundo. Publicar las tarifas aprobadas en el BOJA y en el BOP.
Tercero. Las nuevas tarifas serán de aplicación a los usuarios a partir del 1 de mayo de 2004.
Sevilla, 7 abril de 2004.- El Director Gerente, Armando Fidel Gutiérrez Arispón.
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