Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 15/01/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BENAHADUX

ANUNCIO de rectificación de la base 11.ª de la convocatoria que se cita (BOJA núm. 233, de 3.12.2003).

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En relación con las bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local de este Ayuntamiento, publicadas en el BOP núm. 233 de fecha 3 de diciembre de 2003, la Alcaldía, mediante Resolución adoptada con fecha 12.12.2003, ha resuelto rectificar la base

11.ª de las que rigen la citada convocatoria, en la forma que a continuación se transcribe:

Primero. Rectificar la mencionada base 11 añadiendo el siguiente párrafo:

"Estarán exentos de realizar los cursos de ingreso o de capacitación quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o en las Escuelas Concertadas. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de la fase de oposición, concurso-oposición o concurso.

La Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o la Escuela concertada, enviarán al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso selectivo, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas, el concurso y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando propuesta final al Alcalde para su nombramiento como funcionario."

Segundo. Modificar el último párrafo de la base 11, que queda como sigue:

"Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, concurso o concurso-oposición y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias."

Tercero. Dar al presente acuerdo la publicidad preceptiva.

Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a la Delegación del Gobierno de Almería de conformidad con lo dispuesto por el art.

64 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Benahadux, 15 de diciembre de 2003.- El Alcalde, Juan Jiménez Tortosa.

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