Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 12/05/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 22 de abril de 2004, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se delegan competencias en materia de ayudas a determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas.

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El Reglamento (CE) 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo, sobre financiación de la Política Agrícola Común, que viene a sustituir al Reglamento (CEE) 729/70, prevé en su artículo 4.4 que, "únicamente podrán ser objeto de financiación comunitaria los gastos efectuados por los organismos pagadores autorizados". Dicho Reglamento del Consejo así como el Reglamento (CE) 1663/95 de la Comisión, de 7 de julio, que estableció las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) 729/70 del Consejo, en lo que concierne al procedimiento de liquidación de cuentas de la sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA, en adelante), prevén una serie de requisitos que deben cumplir los organismos pagadores.

En nuestra Comunidad Autónoma se creó mediante el Decreto

332/1996, de 9 de julio, el Fondo Andaluz de Garantía Agraria (FAGA, en adelante), designándole como el Organismo Pagador de los gastos correspondientes a la Política Agrícola Común en Andalucía. Dicho Decreto establece que el FAGA ejercerá las funciones de autorización, ejecución y contabilidad de los pagos relacionados con los gastos de la sección de Garantía del FEOGA.

Por su parte el Decreto 141/1997, de 20 de mayo, por el que se atribuyen competencias en materia de subvenciones financiadas por el FAGA y en materia sancionadora a determinados órganos de la Consejería, atribuyó la competencia para la resolución de los expedientes de subvenciones financiadas, total o parcialmente, por el citado Fondo al Director General de Información y Gestión de Ayudas como Director del FAGA, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 332/1996, antes citado. Tras la modificación del diseño de la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, operada por el Decreto 178/2000, de 23 de mayo, la mencionada atribución debe entenderse hecha al Director General del FAGA.

El Reglamento (CE) núm. 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003 (DOCE de 21 de octubre de 2003) por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) núm. 2019/93, (CE) núm. 1452/2001, (CE) núm. 1453/2001, (CE) núm. 1454/2001, (CE) núm. 1868/94, (CE) núm. 1251/1999, (CE) núm. 1254/1999, (CE) núm. 1673/2000, (CEE) núm. 2358/71 y (CE) núm. 2529/2001, regula la ayuda por superficie a los frutos de cáscara, entre los que comprende en su artículo 83 las almendras, las avellanas, las nueces, los pistachos y las algarrobas. Mediante el Reglamento (CE) núm. 2237/2003 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2003 (DOCE de 24 de diciembre de 2003) se establecen normas detalladas de aplicación de determinados regímenes de ayuda previstos en el Título IV del Reglamento (CE) núm. 1782/2003 del Consejo.

Por su parte, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha establecido las bases reguladoras para la concesión de las ayudas por superficie, para el año 2004, a plantaciones de almendro, avellano, nogal, pistacho y algarrobo, en aplicación de la reglamentación anteriormente citada, mediante la Orden APA/717/2004, de 17 de marzo (BOE de

19 de marzo de 2004).

Ante el volumen y especificidad de las mencionadas ayudas y en aras de la agilidad administrativa, en cuanto a la tramitación y resolución de los expedientes y habida cuenta de la atribución de funciones efectuada por el Decreto 178/2000, de

23 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, se considera oportuno proceder a la delegación de las facultades de resolución de los expedientes de las ayudas a determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas.

Por todo ello, y en base al artículo 13 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O

Primero. Se delega en el Director General de la Producción Agraria la competencia para resolver sobre las solicitudes de ayudas a determinadas superficies de frutos de cáscara y de algarrobas, financiadas con cargo a la sección Garantía del FEOGA.

Segundo. Con el objeto de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión de las citadas ayudas y articular el

ejercicio de las competencias de resolución y correlativo pago, así como para especificar las exigencias procedimentales contempladas en el Reglamento (CE) 1663/95 de la Comisión, de

7 de julio, se podrán dictar las correspondientes

instrucciones mediante las resoluciones conjuntas que se estimen pertinentes.

Tercero. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente esta

circunstancia, con mención de la fecha de esta Resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.Cuarto. La presente Resolución, que deberá

publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por aplicación del artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el mismo.

Sevilla, 22 de abril de 2004.- El Director General, Félix Martínez Aljama.

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