Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 3/1/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 1 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ejecutivo núm. 482/1991. (PD. 4228/2004).

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NIG: 2906742C19911000138.

Procedimiento: Ejecutivos 482/1991. Negociado: 2L.

De: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba.

Procurador: Sr. Carlos García Lahesa.

Contra: ABBC, S.A, don Antonio Bernal Blanco, doña María Jesús López Zunzunegui, doña María del Carmen López Zunzunegui y don Juan María García Avilés.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Ejecutivos 482/1991 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de Málaga a instancia de Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba contra ABBC, S.A, don Antonio Bernal Blanco, doña María Jesús López Zunzunegui, doña María del Carmen López Zunzunegui y don Juan María García Avilés, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Málaga a quince de febrero de mil novecientos noventa y cuatro.

El Ilmo. Sr. don José García Martos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Uno de los de Málaga, habiendo visto los autos de procedimiento de juicio ejecutivo seguido en este Juzgado bajo el núm. 00482/1991 a instancia de M.D.P. y Caja de Ahorros de Córdoba representado en autos por el Procurador don Carlos García Lahesa contra Entidad Mercantil ABBC, S.A., don Antonio Bernal Blanco, doña María Jesús López Zunzunegui, doña M.ª del Carmen López Zunzunegui y don Juan María García Avilés representado este último en autos por el Procurador don Andrés Vázquez Guerrero.

F A L L O

Que estimando la acción ejecutiva formulada por M.D.P. y Caja de Ahorros de Córdoba, contra ABBC, S.A., don Antonio Bernal Blanco, doña María Jesús López Zunzunegui, don Juan María García Avilés y doña María del Carmen López Zunzunegui, debo ordenar y ordeno seguir adelante la ejecución, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y demás que sean de la propiedad de los ejecutados y con su roducto entero y cumplido pago al actor de la cantidad de 4.402.227 ptas. y sus intereses legales, y las costas causadas y que se causen, a cuyo pago condeno al mismo, a quien se notificará esta sentencia en la forma establecida en la Ley de no solicitarse por la parte actora la notificación de la misma.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados ABBC, S.A, don Antonio Bernal Blanco, doña María Jesús López Zunzunegui, doña María del Carmen López Zunzunegui y don Juan María García Avilés, extiendo y firmo la presente en Málaga a tres de noviembre de dos mil cuatro. El/la Secretario.