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En el recurso contencioso-administrativo número 1128/99, interpuesto por la entidad "Industrias Kevir, S.A.", contra las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, núms. 14/2483/96, 14/2484/96,
14/2485/96, 14/2486/96 y 14/2487/96 Acumuladas, por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y A.J.D., Inspección Tributaria, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado Sentencia que es firme, de fecha diecisiete de diciembre de dos mil tres, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"F A L L A M O S"
Desestimar el recurso formulado por la entidad Industrias Kevir, S.A., contra la resolución del TEARA que se dice en el primer Fundamento de Derecho de esta Sentencia, al hallarse ajustada al ordenamiento jurídico. Sin costas.
A su tiempo, devuélvase el expediente con certificación de esta Sentencia para su cumplimiento.
Así, por esta nuestra Sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgado, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de 1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 10 de mayo de 2005.- La Delegada, Purificación Muñoz Gavilán.
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