Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 03/06/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº2 JEREZ DE LA FRA. (ANT.MX.Nº2)

EDICTO dimanante del procedimiento de divorcio núm. 237/2004.

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Número de Identificación General: 1102042C20040001325.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 237/2004. Negociado: S.

E D I C T O

Doña Cristina Candelas Barajas, Secretario del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos).

Doy fe y testimonio:

Que en el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 237/2004-S seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Fabiola Rodríguez Rodríguez contra Francisco Sánchez Caballero y Ministerio Fiscal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Jerez de la Frontera, a catorce de abril de dos mil cinco.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Divorcio Contencioso núm. 237/04 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Fabiola Rodríguez Rodríguez con Procurador don Luis Osborne García-Raez y Letrado don Salvador Quintana Pagliery, y de otra como demandado don Francisco Sánchez Caballero, rebelde, con intervención del Ministerio Fiscal.

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por doña Fabiola Rodríguez Rodríguez contra don Francisco Sánchez Caballero, rebelde, con intervención del Ministerio Fiscal, debo acordar y acuerdo el divorcio de ambos cónyuges, con todos los efectos legales, ratificando las medidas definitivas reguladoras de la separación fijadas en la sentencia de separación de fecha 1 de marzo de 2002 dictada en los autos 458/00 del Antiguo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Tres de esta ciudad, salvo en lo relativo al régimen de visitas y comunicación del padre con los hijos, que será el siguiente: sábados alternos, de 17,00 a 19,00 horas, recogiéndolos y reintegrándolos al domicilio materno, y manteniéndose en períodos vacacionales, sin hacer expresa imposición de las costas causadas en esta instancia.

Una vez firme la presente, comuníquese de oficio, al Registro Civil en que conste el asiento del matrimonio, remitiéndose al efecto testimonio de la misma, para la anotación correspondiente.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco Sánchez Caballero, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA) extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera a dieciséis de mayo de dos mil cinco.- El/La Secretario/a Judicial.

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