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Esta Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental, dando cumplimiento al artículo
9.2.e) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento y se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía, acuerda hacer público el acto de requerimiento de subsanación, cuyo contenido íntegro se halla expuesto en los tablones de anuncios de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental de la Consejería de Cultura, en el de cada una de las Delegaciones Provinciales y en el sitio web de la Consejería de Cultura, ubicado en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/cultura.
El plazo para la subsanación será de 10 días a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Expediente: D051696E9LP (obras editadas).
Expediente: D051696E9LP (Proyectos de edición).
Sevilla, 17 de mayo de 2005.- La Directora General, Rafaela Valenzuela Jiménez.
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